En el Estado de California se condena severamente la comisión de delitos de naturaleza sexual, esto debido a que la sociedad en general muestra gran repudio y desaprobación en cuanto a este tipo de actos.

Dentro de esta categoría de delitos se ubica la penetración sexual efectuada por un individuo contra la voluntad de otro, empleando para ello la fuerza o amenazas de ejercer violencia física. Este hecho punible se encuentra contemplado por el código Penal del Estado y el mismo refleja una muy baja tolerancia para castigar a quien incurra en dicho acto criminal, para lo cual se establecen  extensas sanciones de encarcelamiento, pago de multas e incluso la obligación por parte del condenado de registrarse como criminal sexual. El establecimiento de las penas específicas que corresponden a cada caso va a depender de las circunstancias de hecho involucradas en el mismo, tales como la gravedad del acto, así como  la edad, capacidad y condiciones físicas de la víctima cuando se perpetró el delito.

Como podrá entender ser condenado por la ejecución de un ilícito sexual es una situación que sin duda va a repercutir negativamente sobre el futuro de un individuo, ya que el mismo contará con expedientes penales que harán que sea tildado como un criminal sexual por parte de la sociedad y por ende conducirán a su exclusión y señalamiento tanto en el entorno personal como en el laboral y en el profesional. De aquí la importancia de contar con asesoría legal de un profesional, que se encargue de prestar sus servicios de orientación y representación durante el desenlace del proceso judicial, a efectos de obtener los resultados más favorables posibles para el acusado, bien sea demostrando su inocencia u obteniendo una disminución de la sentencia que sea menos restrictiva y por ende perjudique en menor medida la vida de un individuo

Si actualmente se enfrenta una acusación en  Los Angeles, CA por Penetración Sexual Forzada, sabemos que esto puede representar una circunstancia agobiante y que lo más seguro es que en estos momentos esté pensando, que se será puesto tras las rejas y  que su vida se ha convertido en un total fracaso, pero tenga en cuenta que una apropiada defensa ejercida por un abogado de la firma The LA Criminal Defense Law Firm puede cambiar por completo su panorama, dicha firma cuenta con profesionales capacitados en el área penal para asesorar y representar a acusados por delitos sexuales, quienes llevan varios años ofreciendo sus servicios al público en general y sin duda trabajan arduamente por defender y garantizar los derechos de sus acusados.

Recuerde que mientras no sea declarado culpable usted es inocente ante la ley, y un buen abogado, puede trabajar en su conjunto para mantener esta situación o en el caso de que sea declarado culpable obtener que se impongan sanciones más flexibles que no afecten en gran manera su futuro.

¿De acuerdo a la legislación de California  que es una penetración sexual por la fuerza?

Es un acto criminal perteneciente a la categoría de delitos sexuales cuyo fundamento legal se encuentra plasmado en el apartado 289 correspondiente al Código Penal, el cual indica que todo aquel individuo que ejecute una de penetración sexual en el ano o la vagina de otro contra su voluntad utilizando algún objeto extraño y empleando para ello la fuerza, coacción, violencia, amenazas o infundiendo en la víctima el miedo de ocasionar a sí misma o a otro lesiones físicas ilegales e inmediatas debe ser castigado con un régimen de encarcelamiento comprendido entre tres (3), seis (6) u ocho (8) años.

Aunado a lo anterior, debe tenerse en consideración que la ley en estudio protege a todo aquel que sea vulnerable de sufrir una penetración sexual por la fuerza, por ende es aplicable también cuando se ejecuta dicho acto en contra de un individuo que está dormido, inocente,, confundido o imposibilitado para manifestar su consentimiento.

Ejemplos

  • Un sujeto que utiliza la fuerza para introducir uno de sus dedos en el ano de una dama. En este escenario puede observarse claramente que el sujeto utilizó la violencia o fuerza para llevar a cabo una penetración de naturaleza sexual forzada contra la voluntad de la dama, y dicha introducción se llevó a cabo con un objeto extraño (el dedo).
  • Durante una celebración en la cual festejaban su reencuentro varios adultos que sostuvieron una amistad durante su adolescencia, una de las mujeres se embriago hasta perder el conocimiento, y varios de sus compañeros decidieron introducir una botella en la vagina. En este caso también puede observarse que se ejecutó una penetración sexual forzada contra la voluntad de la víctima, para lo cual se utilizó un objeto extraño (la botella) ya que esta no puede oponerse porque se encontraba bajo efectos del alcohol que la llevaron a un estado de inconsciencia y por ende tal situación le impidió manifestar su desaprobación. En estos casos los sujetos que perpetraron el delito deben responder ante las autoridades por infringir la normativa 289 PC

¿Cuáles elementos está en obligación de probar la fiscalía que se configuraron, para declarar culpable a un individuo por cometer una penetración sexual por la fuerza?

Existen varios elementos que debe probar el Fiscal, para que un Juez pueda emitir una condena en contra de un individuo acusado por violar la normativa 289 PC, cuya ausencia de uno de ellos dará lugar a que se retiren los cargos presentados en contra del mismo.

Sin embargo, dichos elementos van a depender de las circunstancias en las que el acusado cometió el delito, y la condición de la víctima,  las cuales pueden ser:

  • Si el acusado utilizó el miedo o la fuerza para perpetrar el delito.
  • Si la víctima padece una discapacidad.
  • Si la víctima se encontraba inconsciente.
  • Si la víctima se encontraba intoxicada.

A continuación se explicaran dichas circunstancias de forma detallada.

Si el acusado utilizó el miedo o la fuerza para perpetrar el delito

Para que el Juez pueda dictar una sentencia condenatoria en contra de un individuo acusado de ejecutar una penetración sexual en contra de la voluntad de la víctima empleando para ello el miedo o la fuerza la fiscalía debe demostrar que se configuraron los siguientes supuestos:

  • Que el acusado penetró sexualmente a la víctima contra su voluntad.
  • Que dicha penetración se efectuó empleando un objeto, instrumento, sustancia, o dispositivo extraño o desconocido.
  • Que dicha penetración no fue consentida por la víctima.
  • Que dicha penetración se logró por el uso de fuerza, coacción, violencia amenazas, o el temor de sufrir lesiones físicas ilegales bien sea de forma inmediata  o en el futuro.

Dichos elementos hacen mención de varios términos que deben ser explicados para comprender mejor el tema, entre ellos:

  • Penetración sexual, de acuerdo a la normativa legal de California, se considera como penetración sexual los siguientes actos, siempre y cuando se realicen con fines de  abuso sexual u obtener gratificación o excitación.
  1. Todo aquella penetración independientemente de lo mínima que sea que se efectué en el orifico anal o vaginal de la presunta víctima.
  2. Ocasionar que la víctima lleve a cabo la penetración aunque sea mínima de la cavidad anal o genital perteneciente al acusado o a un tercero.
  3. Ocasionar que la víctima lleve a cabo la penetración aunque sea mínima de su propia cavidad anal o genital.,
  • Objeto extraño,  Se refiere a todo objeto, inclusive alguna parte del cuerpo siempre y cuando no se trate de algún órgano sexual., esto debido  a que si la penetración se efectúa con algún órgano sexual el delito debe ser procesado como violación de acuerdo al apartado 261 PC.
  • Ausencia de consentimiento,  este es un elemento clave para que un individuo pueda ser declarado culpable por efectuar una penetración sexual por la fuerza. A tales efectos se considera que para que una persona pueda manifestar su consentimiento el mismo debe ser otorgado de forma libre y voluntaria previa comprensión de la naturaleza del acto que está consintiendo, además no se presume que la víctima ha manifestado su consentimiento con respecto a una penetración sexual por el hecho de que esté saliendo en la actualidad o en el pasado con el acusado, porque sea o haya sido su cónyuge o porque le haya solicitado que utilizara un condón.
  • Penetración forzada, un individuo incurre en una penetración forzada cuando logra la misma mediante el uso de:
  1. Fuerza: Se refiere a emplear cualquier fuerza física  capaz de someter a otro.
  2. Coacción: Abarca cualquier amenaza formulada por una persona bien sea de forma directa o tácita, que exhiba su intención de usar la violencia, fuerza física o venganza, en contra de otro,  lo que hace sentir temor a un sujeto razonable y lo lleva a realizar una acción que de forma voluntaria no realizaría.
  3. Amenazas: Es toda declaración o acto que deja en evidencia la intención por parte de un individuo de ocasionar daños o heridas a otro.
  4. Temor de sufrir lesiones físicas ilegales  inmediatas: Quiere decir que la supuesta víctima debe sentir miedo de padecer lesiones de carácter físico, graves e inmediatamente como consecuencia de amenazas efectuadas en su contra.
  5. Temor de sufrir lesiones físicas ilegales a futuro: Esto sucede en aquellos casos donde la víctima acepta una solicitud emitida por el acusado, pero actúa coaccionada por amenazas de que se ejecute bien sea en su contra o de otro, una lesión física grave, un secuestro o la muerte.

A continuación se señalan ciertas circunstancias donde el acusado puede ser declarado culpable de acuerdo a la sección 289 PC, sin necesidad de perpetrar el delito empleando para ello la fuerza, violencia, amenazas o la coacción:

Si la víctima padece una discapacidad

Para que la corte pueda profesar una sentencia condenatoria contra un individuo acusado de cometer una penetración sexual por la fuerza, contra un individuo discapacitado la fiscalía debe dejar en evidencia lo siguiente:

  • Que el acusado penetró sexualmente a la presunta víctima, quien padece una enfermedad mental o alguna discapacidad física que le impide entender la naturaleza del acto y por ende las consecuencias que dé él se desprenden.
  • Que el acusado cuando cometió el acto criminal tenía conocimiento o debía haberlo tenido, del hecho de que la víctima padecía una enfermedad mental o discapacidad física que la limitaba para otorgar legalmente su consentimiento.

Si la víctima se encontraba inconsciente

Un individuo también debe responder penalmente por ejecutar una penetración sexual por la fuerza, si el fiscal logra demostrar:

  • Que el acusado formó parte de una penetración sexual con un individuo que no se encuentra consciente sobre  la naturaleza de dicho acto, empleando para ello algún objeto extraño.
  • Que el acusado tenía conocimiento de que la víctima no podía oponerse a la penetración por estar inconsciente.

En este sentido la ley no exige que la víctima efectivamente este inconsciente, sino que basta con que dicha conciencia se refiere a la naturaleza específica del acto, por ende  el término inconsciencia puede referirse a que la víctima está dormida, no comprenda el acto o desconozca las características del acto propuesto debido a que sufrió un engaño por parte del acusado.

Si la víctima se encontraba intoxicada

En último lugar, un individuo acusado por penetración sexual por la fuerza en contra de alguna persona intoxicada debe ser declarado culpable si se demuestra lo siguiente:

  • Que la presunta víctima estaba imposibilitada para rehusarse a formar parte del acto, dado que se encontraba bajo los efectos del alcohol, drogas u otra sustancia.
  • Que el acusado tenía conocimiento o debía haberlo tenido de que la víctima estaba impedida para otorgar su consentimiento por tal motivo.

En este sentido la ley puede ser interpretada de forma amplia, no obstante se considera que un individuo está muy intoxicado como para manifestar su consentimiento cuando está limitada para entender y razonar la naturaleza tanto física como moral del acto sexual de penetración, así como las consecuencias que pueden desprenderse de dicho acto.

¿Qué penas establece la ley para castigar a quien infrinja la normativa 289 PC?

Efectuar una penetración sexual en contra de  la voluntad de otro, utilizando algún objeto extraño es considerado una felonía en California, que puede castigarse con la imposición de las siguientes penas:

  • Régimen probatorio formal. (Esta medida solo puede aplicarse en casos procesados por penetración sexual en contra de personas discapacitadas, y la misma está compuesta por una serie de términos y condiciones que serán designadas por la Corte tales como la obligación de prestar servicio comunitario)
  • Encarcelamiento por el periodo de tres, seis u ocho años que debe llevarse a cabo en una cárcel perteneciente al Estado.
  • Pago de una multa cuyo monto máximo no debe exceder de 10.000 dólares.

Ahora bien si el delito es perpetrado contra un individuo cuya edad es menor a dieciocho años, la pena de encarcelamiento se eleva a seis, ocho o diez años en el supuesto de que víctima tenga una edad igual o superior a catorce años o puede ser de ocho, diez o doce años si la edad de la víctima es inferior a catorce años.

¿Un condenado por infringir la normativa 289 PC debe registrarse como criminal sexual en California?

Si, esta medida se impone a quien sea condenado por ejecutar una penetración sexual forzada.

En primera instancia es importante aclarar que dicho registro se creó con el fin de que los entes gubernamentales puedan tener un adecuado rastreo del lugar de residencia de los condenados por delitos de naturaleza sexual, así como del registro de otro tipo de información concerniente a estos

El registro como criminal sexual se clasifica en tres escalones:

  • Nivel 1, Implica el registro como criminal sexual por un lapso  mínimo de diez  años.
  • Nivel 2: Implica el registro como criminal sexual por un lapso  mínimo de veinte años.
  • Nivel 3: Implica el registro como criminal sexual para toda la vida.

En relación al registro en el segundo escalón,  este se impone cuando quien efectuó el delito sexual empleó amenazas de venganza, o en casos donde la víctima padece una enfermedad mental o alguna discapacidad física que la limita para otorgar su consentimiento.

Por otro lado, el registro en el tercer escalón, se impone cuando se doblegó a la víctima del acto sexual mediante el empleo del miedo o la coacción, resulta ser un individuo cuya edad es menor a catorce años y tiene más de diez años de diferencia  en comparación con el acusado, o en el supuesto de que la víctima esté muy intoxicada para resistir o se estuviera inconsciente.

Quien sea castigado con la obligación de registrarse como criminal sexual, debe hacerlo ante la policía del condado o ciudad donde  reside, y dicho registro debe ser renovado anualmente durante los cinco días siguientes a su fecha de cumpleaños y en cada ocasión que cambie su sitio de residencia.

Aunado a lo anterior, debe mencionarse que el apartado 290 PC califica como delito que un delincuente sexual omita efectuar dicho registro de la forma dispuesta. A tales efectos  para que alguien sea penado por no registrarse como criminal sexual, debe configurarse lo siguiente:

  • Que haya recibido una sentencia condenatoria por participar en  un delito sexual, en la cual se ordena su registro como criminal sexual.
  • Que tenga su sitio de residencia en California.
  • Que esté enterado sobre la obligación de realizar dicho registro.

¿Cómo puede defenderse legalmente, un individuo acusado por violar la normativa 289 PC?

Existen múltiples formas de enfrentar cargos por penetración sexual forzada, no obstante lo más adecuado es que un abogado con conocimiento en la materia estudie el caso y establezca cual es la línea de defensa más idónea para el mismo, con el fin de lograr que se retiren los cargos o al menos se reduzcan.

 A continuación se señalan los alegatos de defensas que se usan comúnmente para desvirtuar cargos de esta naturaleza:

  • La presunta víctima otorgó su consentimiento

El consentimiento es un elemento clave para determinar la culpabilidad de un individuo ante la Corte.

Un individuo no puede ser declarado culpable por violar la normativa 289 PC si la supuesta víctima manifestó su consentimiento de formar parte del acto de penetración sexual, para lo cual se exige que el mismo haya sido otorgado de forma libre y voluntaria con previo conocimiento de la naturaleza del mismo y sus posibles consecuencias.

En este sentido es importante tener en  consideración que un individuo menor a 18 años de edad o que padezca una enfermedad mental o disparidad física, no está en potestad otorgar su consentimiento a nivel legal, por ende la fiscalía no debe demostrar que hubo falta de consentimiento.

  • El acusado consideraba razonablemente que la presunta víctima había otorgado su consentimiento

Esta es una defensa que surte efecto sobre todo cuando se trata de una penetración sexual donde ambas o una de las partes se encuentra intoxicada, ya que dicha situación pudo haber llevado al acusado a creer de buena fe que la víctima estaba otorgando su aprobación de participar en dicho acto.

  • El acusado fue víctima de una falsa acusación

Esto se observa frecuentemente cuando una persona guiada por el enojo o los celos acude ante la autoridad para presentar una acusación formal en contra de un individuo la cual se fundamenta en motivos falsos con la intención de perjudicarlo.

En estos casos cobra gran relevancia la participación del abogado defensor, ya que el mismo debe recolectar las pruebas pertinentes que dejen en evidencia las verdaderas intenciones de la presunta víctima.

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Ser acusado por un delito no es cosa de juego, sobre todo si dicha acusación se fundamenta en la ejecución de un ilícito sexual, tal como lo es una penetración sexual por la fuerza utilizando un objeto extraño, en el cual puede incurrir un individuo si utiliza la fuerza, la violencia, la coacción o el temor para doblegar a la víctima y obligarla a participar en dicho acto o si el mismo se ejecuta en contra de una persona impedida para otorgar su consentimiento por estar inconsciente, intoxicada o por padecer una enfermedad mental o incapacidad física.

En el peor de los casos una acusación de esta índole puede resultar en  una sentencia condenatoria, la cual  dará lugar, no solo a la imposición de sanciones de encarcelamiento y pago de multas sino que también creará para un individuo expedientes criminales y la obligación de registrarse como delincuente sexual por un extenso periodo de tiempo lo cual afectará su vida y su futuro.

No obstante sí fue acusado en Los Angeles, CA por Penetración Sexual Forzada un abogado de  The LA Criminal Defense Law Firm puede acompañarlo durante este difícil proceso y luchar en su conjunto por demostrar su inocencia u obtener una reducción de los cargos presentados en su contra, solo debe llamar al 310-935-1675 y apartar una cita para comenzar a recibir asesoría de un experto.