Provocar un incendio es una conducta delictiva, severamente castigada en el Estado de California, puesto que con frecuencia los incendios llegan a ser eventos devastadores que acaban perjudicando la propiedad o la salud de otro, ocasionándole en el peor de los casos lesiones corporales graves e incluso el fallecimiento.

El ordenamiento jurídico señala como perpetrador de este delito a todo aquel que de manera deliberada y maliciosa queme, haga quemar, ayude, aconseje o procure quemar cualquier edificio tierra, bosque o propiedad, de igual forma señala varias sanciones que pueden emplearse por un Juez a fin de castigar a quien incida en dicho delito, el cual es considerado una felonía y acarrea penas privativas de libertad así como el pago de altas sumas de dinero por concepto de multa.

Ser señalado como el culpable de un delito, es una situación que genera gran tensión y estrés, sin embargo la ley consagra para el acusado el derecho de defenderse de las acusaciones presentadas en su contra y de ser considerado inocente hasta tanto no se demuestre lo contrario.

Por tal motivo si se formuló una acusación en su contra por Incendio Provocado en Los Angeles, CA un abogado de The LA Criminal Defense Law Firm, es el profesional idóneo para encargarse de llevar a cabo su defensa, brindándole atención individualizada y recolectando los medios probatorios suficientes para que los cargos sean desestimados, reducidos o incluso para asegurar una absolución total.

¿Qué es un incendio provocado?

Es un acto criminal perteneciente a la categoría de delitos contra la propiedad, el cual está regulado en el apartado 451 del Código Penal, de acuerdo al cual comete este delito todo aquel que con intención y de forma maliciosa prenda fuego, haga quemar, ayude, aconseje o intente quemar alguna tierra forestal, estructura, o propiedad.

Debe tenerse en cuenta que una persona produce un incendio al destruir algo con fuego, y que a efectos de aplicar esta ley no se exige que el perjuicio ocasionado a la estructura, tierra o propiedad sea total, sino que el mismo puede ser solo parcial.

Además es castigado por este ilícito no solo quien comete directamente el acto, sino también quien incentiva o ayuda a otro a ejecutar el mismo.

¿Cuáles son los elementos que componen este delito?

Para que pueda pronunciarse una sentencia condenatoria en contra del acusado, la fiscalía está en la obligación de demostrar que se configuraron una serie de elementos, y la falta o imposibilidad de probar alguno de ellos ocasiona que el caso deba ser desestimado.

En relación a esto para que un individuo pueda ser condenado por cometer un Incendio Provocado, el fiscal debe demostrar:

  • Que el acusado incendió o provocó el incendio de alguna estructura, propiedad o terreno forestal.
  • Que el acusado operó de forma voluntaria y maliciosa.

Que el acusado incendio o provocó el incendio de alguna estructura, propiedad o terreno forestal

En relación a este elemento es muy importante precisar que ocasionar un incendio se refiere a dañar algo con fuego, independientemente de la cuantía del daño causado, es decir que no es relevante que el daño causado sea mínimo y que afecte solo a una parte de algo en específico y no a su totalidad.

Por otro lado se hace mención de los siguientes términos:

  • Estructura: Cuando se hace mención de este término el mismo abarca edificios, puentes, túneles, plantas de energía y carpas comerciales o públicas. Además en el supuesto de que un incendio ocasione daños a los artefactos que están en el interior de un edificio, los mismos pueden considerarse como estructuras siempre y cuando formen parte integral del mismo.
  • Propiedad: Este vocablo hace referencia a toda tierra o propiedad que no esté calificada como forestal, e incluye objetos como basura y prendas de vestir. En relación a esto debe aclararse que un incendio a una propiedad no abarca aquellos casos en donde una persona prende fuego a sus bienes personales propios, salvo que haya llevado a cabo dicha acto con la intención de cometer un fraude o que el mismo haya causado lesiones a otra persona.
  • Terreno forestal: Esto abarca tierras cubiertas de matorrales, tierras cortadas, bosques, pastizales o bosques.

Que el acusado operó de forma voluntaria y maliciosa

En relación a este elemento un individuo actúa:

  • De forma voluntaria: Cuando se ejecuta un acto intencionalmente.
  • De forma maliciosa: Cuando deliberadamente lleva a cabo una acción ilícita o su intención es cometer un fraude, molestar o herir a otro individuo.

Aunado a lo anterior, se debe señalar que en caso de que un individuo ocasione un incendio como consecuencia de un accidente, el mismo no debe ser señalado como culpable de provocar un incendio, dado que el hecho fue involuntario y el mismo no actuó de manera deliberada.

¿Qué actos pueden calificarse como incendio intencional malicioso?

Existen diversos actos que pueden calificarse como un incendio provocado, los cuales están señalados en la sección 451 del código penal.

Dichos actos son:

Apartado de la sección 451

A que se refiere

A

Incendio intencional que ocasiona lesiones corporales graves a otra persona.

B

Quema de un edificio habitado.

C

Quema de un edificio o bosque que no esté habitado.

D

Quema de la propiedad de otro individuo.

 En concordancia con lo anterior un edificio se considera habitado si algún individuo vive allí, no obstante no se exige que las personas que viven ahí estén presentes en el momento en el que sucedió el incendio para que se configure este requerimiento.

¿Cómo se desarrolla una investigación correspondiente a un incendio?

Este tipo de investigaciones generalmente conlleva mucho tiempo, puesto que la mayoría de los medios probatorios suelen desaparecer durante el incendio. En estos casos el equipo de investigación basa su búsqueda en la utilización de sistemas químicos de análisis con el objeto de identificar el origen y la raíz del incendio.

Luego de conocerse el motivo que originó el incendio, se procede a determinar si el mismo fue accidental o provocado, y en este último caso los agentes están en posibilidad de formular cargos en contra de algún individuo, si existen testigos presenciales del acto que hayan logrado apreciar a quien inició el fuego o si encuentran evidencias que logren establecer una relación entre la comisión del delito y una persona en específico.

Por otro lado, un punto que juega un papel fundamental en cuanto al desarrollo de la investigación es el método utilizado para cometer el delito, lo que facilita o en caso contrario complica el esclarecimiento de los hechos.

¿Cómo puede castigarse según la ley a quien provoque un incendio intencionalmente?

La ley estipula una serie de sanciones que pueden imponerse para condenar a un individuo que cometa un delito de esta categoría, las cuales van a depender de los supuestos de hecho relacionados con cada caso en particular, dentro de los que pueden mencionarse el sitio donde aconteció el incendio y los perjuicios que el mismo género, tales como la cuantía de las personas que fueron afectadas y el grado de los daños.

A continuación se mencionan Las sentencias que puede dictaminar un Juez en razón de una condena por provocar un incendio, las cuales deben cumplirse en una cárcel perteneciente al Estado:

  • En el supuesto de que se incendie intencionalmente una propiedad personal, debe cumplirse un régimen de privación de libertad de dieciséis (16) meses dos (2) o tres (3) años.
  • En el supuesto de que se incendie intencionalmente una estructura o un terreno forestal, debe cumplirse un régimen de privación de libertad de dos (2), cuatro (4) o seis (6) años.
  • En el supuesto de que se incendie intencionalmente una propiedad o estructura habitada, debe cumplirse un régimen de privación de libertad de tres (3), cinco (5) u ocho (8) años.
  • En el supuesto de que se ocasionen lesiones corporales graves a otro individuo, debe cumplirse un régimen de privación de libertad de cinco (5), siete (7) o nueve (9) años.
  • En el supuesto de que se trate de un intento de incendio a una estructura, terreno forestal o propiedad, debe cumplirse un régimen de privación de libertad por un tiempo no superior a tres (3) años.

Aunado a lo anterior debe mencionarse que este tipo de delito es calificado siempre como una felonía, y que el condenado probablemente deberá cumplir lo siguiente:

  • Registrarse como pirómano para toda la vida en caso de que su edad sea mayor a dieciocho años.
  • Realizar el pago de un monto no mayor a 10.000 dólares por concepto de multa.
  • Restituir a las víctimas si sufrieron alguna lesión o daño en sus propiedades como consecuencia del incendio.
  • Si se generó el incendio con el objeto de cometer un fraude en contra de alguna persona o entidad para obtener un beneficio económico, debe pagar una multa de hasta 50.000 dólares o el doble del monto de la cantidad defraudada dependiendo de cuál de ambos montos sea superior.

¿Existen circunstancias que ocasionan que se eleve la sentencia aplicable?

Existen ciertas situaciones que permiten que el Juez pueda imponer penas privativas de libertad más extensas, dentro de las cuales están:

  • Que el acusado sea reincidente, es decir que haya sido condenado anteriormente por ejecutar una felonía relacionada con un incendio provocado.
  • Que el incendio haya causado daños relevantes a personal de emergencia como bomberos o agentes de oficiales.
  • Que el acusado haya usado algún dispositivo para retrasar o acelerar la combustión del fuego.
  • Que haya habido varias víctimas que sufrieron consecuencias graves, producidas por el incendio.
  • Que varias estructuras hayan sido perjudicadas por el incendio.

En el supuesto de que se configure alguna de estas circunstancias la Corte podrá sentenciar un tiempo extra de privación de libertad adicional a condena por el lapso comprendido de uno a cinco años en una cárcel del Estado, los cuales deben cumplirse de forma consecutiva.

¿A qué se refiere un incendio provocado agravado?

Es aquel incendio que tiene un alcance de gran magnitud o ha sido perpetrado por un individuo que es reincidente, es decir que ha sido condenado anteriormente por cometer este tipo de delitos, lo que ocasiona como consecuencia que puede aplicarse una pena privativa de libertad por el tiempo comprendido entre diez años y cadena perpetua.

Las causales por las cuales una persona puede ser sentenciada por ejecutar un incendio provocado agravado son:

  • Que el acusado haya sido condenado en los últimos diez años por ejecutar un incendio de esta magnitud.
  • Que el incendio haya causado pérdidas de por lo menos 5.650.000, incluidos los gastos generados para extinguir el fuego.
  • Que el incendio haya perjudicado cinco o más edificios habitados.

¿Qué otras consecuencias genera para un individuo ser condenado por este delito?

El hecho de que un individuo sea condenado por cometer un delito de esta naturaleza acarrea además de las sanciones jurídicas antes mencionadas, las siguientes consecuencias:

  • En relación con los derechos migratorios:

En el supuesto de que el condenado sea un inmigrante, una condena de este tipo impactará de forma negativa su vida, puesto que el mismo forma parte de la categoría de delitos denominados de vileza moral, los cuales de acuerdo a la Ley de Inmigración de los Estados Unidos son calificados como delitos inadmisibles o deportables.

Dicho de otra manera si un no ciudadano es declarado culpable por este delito puede ser deportado o declarado inadmisible en el territorio del País, independientemente de que el estado migratorio del mismo sea lícito o ilícito, o de que alegue poseer bienes o tener hijos menores de edad nacidos en el territorio de los Estados Unidos.

  • En relación con los derechos de armas:

Una condena de este tipo incide negativamente sobre los derechos de armas de una persona, dado que el mismo es calificado como un delito grave y por ende un condenado por este delito perderá sus derechos de adquirir y poseer armas de fuego.

¿Puede obtenerse la anulación de antecedentes penales originados por una condena de incendio provocado?

Sí, pero únicamente si el sujeto condenado ha finalizado con éxito el régimen de libertad condicional dictado o la pena privativa de libertad impuesta, dependiendo de cuál pena haya sido aplicada.

Debe tenerse en cuenta que acceder a una anulación de antecedentes penales de este tipo exonera casi por completo a un individuo de todas las discapacidades y sanciones que puedan surgir en razón de la condena.

¿Si un individuo comete este delito sin intención aún puede ser castigado de acuerdo a la ley?

Sí, pero sólo en caso de que la conducta llevada a cabo por el acusado pueda incluirse dentro de la regulación 452 del Código Penal, referente a la quema imprudente, el cual menciona que incurre en dicho ilícito quien incendie, queme o haga que se incendie de forma imprudente alguna estructura, propiedad o terreno forestal.

En relación a esto, debe aclararse que este delito es calificado como un incendio provocado pero el término imprudente representa un esquema más bajo que ejecutar un acto de manera intencional o maliciosa, y un individuo actúa imprudentemente cuando:

  • Sabe que sus actos representan un peligro sustancial de generar un incendio.
  • No toma en cuenta ese riesgo.
  • Actúa de una manera diferente en relación a cómo actuaría un individuo razonable en una situación similar.

El mismo es calificado como delito menor lo que significa que las penas aplicables son privación de libertad en una cárcel del condado por el periodo de máximo seis meses, y el pago de una suma de hasta 1.000 dólares por concepto de multa.

  • No obstante el mismo puede considerarse un wobbler, es decir que la fiscalía puede presentar cargos por la ejecución de un delito menor o felonía previo estudio del caso y de las consecuencias que él mismo generó, por lo tanto las sanciones aplicables son:
  • Por incendiar imprudentemente un terreno forestal o una estructura, privación de libertad por un periodo máximo de seis meses en una cárcel perteneciente al condado en caso de tratarse de un delito menor, pero en el supuesto de tratarse de una felonía 16 meses, 2 o 3 años en una cárcel del Estado.
  • Por incendiar imprudentemente una estructura o propiedad que esté habitada, privación de libertad por un periodo máximo de un año en una cárcel perteneciente al condado en caso de tratarse de un delito menor, pero en el supuesto de tratarse de una felonía 2, 3 o 4 años en una cárcel del Estado .
  • Por ocasionar un incendio de forma imprudente que genere graves lesiones corporales, privación de libertad por el periodo máximo de un año en una cárcel perteneciente al condado, pero en el supuesto de tratarse de una felonía 2, 3 o cuatro años en una cárcel del Estado.

¿Es considerado este delito como un Strike a efectos de la ley de reincidencia?

Los cargos ocasionados por ilícitos graves de incendio son considerados strikes en relación a la ley de reincidencia de California, esto quiere decir que toda condena que reciba un individuo posteriormente será sancionada de una forma más severa.

En concordancia con la ley de reincidencia o, también denominada ley de tres strikes un antecedente por una felonía es calificado como un primer "strike", Lo cual significa que si un individuo es condenado después por cometer otra felonía, se va a presumir que ejecutó su segundo “strike”, circunstancia que causará que las sanciones aplicables por el nuevo evento criminal van a ser dobladas o multiplicas por dos, pero, en el supuesto de llevar a cabo una tercera felonía equivalente a un tercer “strike”, la condena que puede dictaminar el juez debe estar comprendida entre el lapso de 25 años y cadena perpetua.

¿A qué se refiere el registro de delincuentes por incendios provocados?

Esto se refiere a que los individuos que hayan sido condenados por cometer un incendio provocado o un incendio agravado, cuya situación acarreó la imposición de una pena privativa de libertad por un periodo igual o superior a diez años, deben llevar a cabo su registro como delincuentes de incendio intencional y por ende deben mantener a las autoridades competentes informadas con respecto a su lugar de residencia.

¿Puede un individuo defenderse de estos cargos?

El ordenamiento jurídico consagra el derecho de las personas de defenderse de las acusaciones presentadas en su contra, así como el derecho de que les considere inocentes hasta tanto no se demuestre lo contrario, y en tal sentido existen diversas líneas de defensa que puede emplear un acusado con el objeto de desvirtuar las acusaciones formuladas en su contra, no obstante se recomienda que un abogado experto en la materia se encargue de estudiar el caso a fin de establecer cuál es la defensa más apropiada para el caso en particular, una vez examinadas las circunstancias que lo generaron y su alcance.

Debe tomarse en cuenta que contar con asistencia legal desde el inicio del proceso puede marcar la diferencia con respecto a los resultados obtenidos ante la corte, y que el hecho de una persona intendente llevar a cabo su defensa por sí mismo puede empeorar su situación al incidir en errores de procedimiento por desconocimiento de las leyes.

A continuación se señalan las tácticas de defensas más usadas para estos casos:

  • El incendio fue ocasionado por un accidente.
  • La evidencia obtenida es insuficiente.
  • El acusado fue identificado de manera errónea.
  • La intención del acusado no era cometer un fraude.

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En el Estado de california se castiga severamente a quien provoque un incendio, haga, ayudé, aconseje a que se queme o procure quemar cualquier propiedad, estructura o tierra forestal de manera intencional o maliciosa, esto debido a las terribles consecuencias que genera un evento de este tipo lo cual posiblemente ocasione pérdidas en cuanto a la propiedad y en el peor de escenarios cause heridas graves a otro o su fallecimiento.

Dicho ilícito es castigado siempre como una felonía, llegando a ser la pena privativa de libertad máxima aplicable de hasta nueve años, además puede ordenarse también el pago de cuantiosas multas y esto es independiente de que se causen pérdidas totales o parciales.

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