Cuando se habla de la comisión de un delito es usual que la mente se imagine un evento violento caracterizado por la sangre y la agresión. Basta que se mencione la palabra crimen para que inmediatamente se piense en esas escenas de películas en las que un lugar es sellado con la famosa cinta amarilla de la policía con las palabras “police line do not cross” y en las que tras la cinta, hay claras señales de violencia y agresión.

Pero lo cierto es que existe una categoría que es muy diferente, no implica ni violencia ni sangre; por el contrario operan con el abuso de confianza y el engaño. Son los conocidos como delitos de cuello blanco. Aunque usualmente suelen asociarse con personas de alto perfil político o empresarial, pueden ser cometidos por cualquier tipo de persona sin importar su nivel de ingresos económicos. Y es que no sólo se trata de exóticos entramados internacionales, sino que incluyen también la comisión de delitos financieros por montos pequeños.

En el día a día es posible verse envuelto en investigaciones por estos delitos. Puede que administre un negocio o el dinero de alguien más y este le acuse de malversar los bienes que le ha confiado. O puede que haya solicitado un beneficio del Estado, pero alguien haya puesto en duda la veracidad de los documentos empleados para obtenerlo y se le investigue por falsificación. En cualquiera de estos casos y en muchos otros, usted podría ser investigado por uno de los delitos de esta categoría. 

The LA Criminal Defense Law Firm es un escritorio jurídico que cuenta con un grupo de abogados con amplio conocimiento en derecho penal y en especial, con experiencia en la elaboración de defensas estratégicas y efectivas para hacer frente a cargos por este tipo de delitos. Si usted necesita un abogado especialista en Los Angeles, CA no dude en llamarlos.  

¿Qué son los delitos de cuello blanco?

Son aquellos delitos cometidos a través de la confianza, el engaño o empleando técnicas para encubrir u ocultar el dinero, con el propósito de conseguir beneficios económicos ilegítimos. En este tipo de delitos no son empleadas la violencia, la agresión o la amenaza para lograr su cometido. Por el contrario, suelen requerir mucha astucia por parte de quien lo comete y un amplio conocimiento del mecanismo que será empleado para ello. Son delitos en los que el perpetrador conoce a fondo el funcionamiento de los sistemas financieros, las empresas de seguro, los cheques, las tarjetas de crédito u otros, hasta el punto en que es capaz de eludir sus mecanismos de seguridad y aprovecharse de sus debilidades.

Este tipo de delitos se caracterizan por:

  1. El abuso de la confianza, el uso del engaño o el encubrimiento.
  2. La obtención de beneficios económicos indebidos (dinero o bienes de valor).
  3. La ausencia de violencia o agresión en la comisión del delito.

Aunque la mayoría de los crímenes que se incluyen en esta categoría son “wobblers”, por lo que pueden ser procesados como delitos mayores o menores, en la práctica suelen ser castigados de forma severa. En especial cuando una misma persona comete estos hechos en diferentes Estados o cuando la víctima es una entidad gubernamental, caso en el cual es procesado por el Gobierno Federal.

Adicionalmente algunos de ellos siempre serán considerados como delitos mayores, sin importar las circunstancias en las que sea cometido, tal es el caso del delito de soborno o el de extorsión.

  1. El abuso de la confianza, el uso del engaño o el encubrimiento. Como se explica más adelante, el medio empleado varía dependiendo del delito específico del que se trate. En algunos casos se comete cuando la persona abusa de una posición en la que goza de la confianza de un tercero o de una institución para sustraer su dinero o bienes, como ocurre con la malversación.

En otras ocasiones se emplean tácticas elaboradas para engañar a las personas o las organizaciones y obtener de estas un provecho injusto, como suele ocurrir en los distintos tipos de fraude. En otros tantos, como es el caso del lavado de dinero, se emplean mecanismos financieros para encubrir el origen ilícito de los fondos provenientes del delito.

  1. La obtención de beneficios económicos indebidos. En este tipo de delitos, el objetivo siempre será obtener un beneficio económico indebido. Por lo que es necesario que quien cometa el delito quiera obtener la ganancia indebida y que efectivamente sea recibido tal beneficio. Eso convierte a los delitos dentro de esta categoría, no sólo en crímenes necesariamente intencionales sino además en delitos de resultado.
  2. La ausencia de violencia o agresión en la comisión del delito. Esta es una característica frecuente y usualmente es empleada como un elemento para definirlos y diferenciarlos de otras clases. Aunque es importante destacar que estos pueden aparecer junto con otros crímenes de carácter violento. Es el caso del delito de lavado de dinero, el cual suele estar presente en la comisión de delitos como narcotráfico o terrorismo, o al menos relacionados con ellos.

¿Cuáles son estos delitos?

En California, existen una gran variedad de hechos ilícitos clasificados dentro de esta categoría. Los más comunes son:

  1. El fraude.
  2. La falsificación.
  3. La malversación.
  4. El lavado de dinero.
  5. El soborno.

Además de los antes mencionados, se pueden incluir dentro de esta clasificación al perjurio, la extorsión, las formas específicas de fraude, los crímenes financieros, entre otros. En las líneas siguientes se explican los cinco principales delitos de cuello blanco que se presentan en California, y las sanciones que podría aplicarse en una eventual sentencia condenatoria.

  1. El fraude. Este delito consiste en usar el engaño como un medio para obtener un beneficio económico injusto en perjuicio de un tercero. Este beneficio económico puede ser percibido como una suma de dinero o como bienes de valor: propiedades, joyas, entre otros. También puede tratarse de la obtención de un derecho susceptible de ser valorado en dinero, como los subsidios ofrecidos por el gobierno a personas desempleadas.

El fraude es un delito versátil que puede convertirse en otros delitos dependiendo de la forma como se realice el engaño o de las instituciones contra las que se ejecute. Es así que dependiendo de los medios empleados puede tratarse de un delito de: fraude con tarjetas de crédito, fraude con cheque o fraude por internet. Mientras que dependiendo de la institución agraviada, puede ser: fraude inmobiliario, fraude de seguro de auto, fraude a programas de asistencia pública, entre otros.

Al tratarse de distintos delitos específicos, la sanción que puede ser aplicada en una eventual sentencia condenatoria dependerá del delito específico y lo que establece como pena aplicable en la ley, aunque en términos generales suele incluir la pena de prisión, junto con la imposición de multas.

  1. La falsificación. Consiste en alterar un documento original o crear un nuevo documento falso simulando el carácter de auténtico con el propósito de perfeccionar un engaño económico contra el patrimonio de un tercero o una institución. Los documentos que usualmente son falsificados son los contratos, los cheques y los poderes. Aunque también puede falsificarse recibos y cualquier otro tipo de documentos.

La falsificación puede ocurrir en el contenido del documento, su forma o su firma. Por ejemplo, puede falsificarse la firma en un documento para otorgar un beneficio económico o podría alterarse los datos de uno que haya sido legalmente otorgado para cambiar al beneficiario de un derecho o aumentar el monto que debiera recibirse.

Para que se cometa este delito es necesaria la existencia de la intención de defraudar por parte de quienes falsifican el documento. En otras palabras, es esencial que el fiscal logre demostrar la voluntad que tenía el sujeto para obtener un beneficio indebido como resultado de la falsificación del documento.  

La pena a imponerse por este delito dependerá de si se procesa como un delito mayor o un delito menor. Puesto que al tratarse de un delito wobbler puede ser procesado de cualquiera de las dos formas, dependiendo de las circunstancias del caso y de la decisión del fiscal.

En caso de que se procese como un delito menor, la pena puede ser de hasta un año de prisión y una multa de hasta mil dólares. Si en cambio es procesado como delito mayor, la pena de prisión aumenta hasta los tres años en su límite mayor y la multa puede ser de hasta diez mil dólares. 

Las estrategias de defensa que pueden ser empleadas para enfrentar los cargos por este delito suelen estar orientadas a atacar su elemento esencial, la voluntad. Esto es demostrar que no existía la intención de defraudar. Otras estrategias de defensa pueden atacar la presunta falsedad del documento: demostrando que este nunca fue alterado o que usted poseía la cualidad necesaria para firmar el documento de forma legítima. También pueden incluirse otras defensas efectivas pero estarán adaptadas a las circunstancias del caso.

  1. La malversación. En este delito se emplea el abuso de confianza como medio para la comisión del hecho ilícito puesto que consiste en aprovecharse de una posición de confianza para apropiarse de las sumas de dinero o propiedades ajenas a las que se tenía acceso. Para probar la responsabilidad de una persona, el fiscal debe demostrar más allá de la duda razonable, los siguientes elementos:
  1. La confianza de la víctima en el acusado.
  2. La relación entre la confianza concedida y la administración de la propiedad o del dinero malversado.
  3. La intención del acusado de cometer el delito.

Respecto a la pena que ha de imponerse por la comisión de este delito, la sección 514 del Código Penal del Estado de California establece que será aplicable la misma pena que debería corresponder al delito de robo de acuerdo con el valor total de los bienes malversados y el tipo de bienes del que se trate. Sin embargo, si la víctima del delito es cualquier representación de los Estados Unidos, sea una institución del Gobierno Federal, del estado, condado o municipio, será procesado como un delito mayor y será castigado con pena de prisión junto con la inhabilitación para ejercer cargos públicos en el Estado de California.

Al enfrentar cargos por este delito, su abogado defensor podrá ayudarlo a elaborar una estrategia efectiva la cual puede estar orientada a demostrar que no existía la voluntad de malversar los fondos que le fueron confiados. Para ello se puede probar, por ejemplo, que fue la víctima quien ordenó movilizar los fondos y que por ende usted actuaba bajo las órdenes del dueño del dinero o los bienes. Otras estrategias pueden ser igual de efectivas, pero dependerá del caso concreto.

  1. El lavado de dinero. Consiste en dar apariencia de legalidad al dinero obtenido por la comisión de un delito, también denominado dinero sucio, e integrarlo en el sistema financiero con el propósito de ocultar a las autoridades el verdadero origen de los fondos. Usualmente se asocia este delito con la comisión de crímenes violentos como lo son el tráfico de drogas o el secuestro, pero también incluye las ganancias obtenidas por algunos delitos sexuales, delitos de fraude o en general de cualquier otro delito que genere una ganancia.

El origen de este delito se remonta al tiempo de las mafias italianas como “la Cosa Nostra”, las cuales usaban negocios de lavanderías automáticas como fachadas para ocultar el dinero obtenido de sus actividades ilícitas.

En el Estado de California, este delito puede ser juzgado como un delito menor o como un delito mayor dependiendo de las circunstancias del caso. Cuando es procesado como un delito menor la pena es de hasta un año de prisión y el pago de una multa hasta por una cantidad de mil dólares.

En cambio sí es procesado como un delito mayor las penas serán de prisión hasta por tres años y la imposición de una multa de máximo doscientos cincuenta mil dólares o el doble del monto legitimado, el valor que sea superior. Aunque también hay circunstancias donde puede incluso imponerse sanciones más fuertes.          

  1. El soborno. Consiste en el ofrecimiento de una utilidad, que puede ser en la forma de dinero, bienes, favores o en la promesa de estos, para obtener a cambio un favor o beneficio indebido sobre un asunto de carácter oficial. En este tipo de delitos, las sanciones son impuestas tanto a quien ofrece el soborno como aquel que lo recibe.

El delito de soborno siempre es considerado un delito mayor. Por lo que las penas a imponer por este delito son de dos a cuatro años de prisión estatal conjuntamente con la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Aunque todos estos delitos tienen elementos comunes por pertenecer a la misma categoría, cada uno de ellos tiene sus propias características y en consecuencia, cada una requiere la concurrencia de sus propios elementos para existir, así como la aplicación de sus propias estrategias de defensa.

Recuerde que en este tipo de delitos es esencial contar con una adecuada defensa penal desde el momento en que tenga conocimiento de que está siendo investigado, aun cuando no hayan sido presentado cargos en su contra. Esto es así ya que una buena defensa puede evitar que la investigación se convierta en un caso penal en el que se formule una acusación.

¿Qué hacer al enfrentar una investigación por este tipo de delitos?

Si usted enfrenta actualmente una investigación por alguno de estos delitos, seguramente se preguntará qué debe hacer y cuál es la mejor estrategia a seguir. En ese sentido, debe recordar que las consecuencias de este tipo de delitos trascienden a las sanciones penales que podrían llegar a imponerse, verse envuelto en una investigación por cualquiera de los delitos de esta categoría podría llegar a tener repercusiones graves para usted y para su familia. Por ello se recomienda que siga los siguientes pasos:

  1. Acuda a un abogado tan pronto como sepa de la investigación.
  2. Recolecte todos los documentos relacionados con el hecho investigado.
  3. Defina una estrategia de defensa con su abogado.
  1. Acudir a un abogado tan pronto como sepa de la investigación. Tan pronto como tenga conocimiento de que se ha iniciado una investigación contra usted, la mejor estrategia aplicable es consultar con un abogado especializado en este tipo de delitos. Será él quien luego de estudiar sus circunstancias le explique de forma detallada cuál es la mejor forma de actuar para evitar que sean formulados cargos contra usted o para hacer frente a estos ante la Corte.

Si usted ha sido arrestado por la comisión de uno de estos delitos, recuerde que cualquier argumento que emplee en su declaración puede y será empleado en su contra de ser necesario. En ese sentido, guardar silencio y solicitar un abogado es lo más recomendable para evitar que sus declaraciones puedan ser sacadas de contexto o resultar perjudiciales para usted. Una vez que llegue su abogado y hable con usted para conocer las circunstancias del caso, podrá aconsejarle la mejor línea de defensa a seguir.

  1. Recolectar todos los documentos relacionados con el hecho investigado. Tan pronto como sepa que está siendo investigado, es importante que reúna todos los documentos y datos relacionados con el hecho que se le imputa. Esto incluye no solo poderes y contratos, sino cualquier otro documento, como recibos, cheques, mensajes, correos electrónicos que ayuden a su abogado a determinar la mejor forma de abordar su defensa. Tenga en cuenta que en la investigación de este tipo de delitos, los documentos son la principal fuente de información tanto para el fiscal como para su defensa.
  2. Definir una estrategia de defensa con su abogado. La estrategia que empleará el abogado va a depender del delito específico por el cual está siendo investigado y por las circunstancias de su caso concreto. Sin embargo, existen ciertas tácticas que son comúnmente empleadas para la defensa de este tipo de delitos. Entre las más comunes se encuentran:
  1. Insuficiencia de pruebas.
  2. Ausencia de intención fraudulenta.

Siempre debe recordar que la mejor estrategia de defensa sólo puede ser elaborada después de que se han analizado las circunstancias de su caso. Si usted está siendo investigado por alguno de estos delitos, no dude en conseguir asistencia legal profesional.

  1. Insuficiencia de pruebas. Esta suele ser la principal defensa empleada por los abogados criminalistas para este tipo de delitos. Sea que intervengan desde que se inicia la investigación, lo más recomendable, o que comiencen su asesoría cuando ya se han presentado cargos.

Los argumentos pueden variar dependiendo de las circunstancias de cada caso. En algunos puede que la investigación no haya arrojado pruebas suficientes para que el fiscal demuestre todos los elementos esenciales del delito. En otros casos, el abogado defensor puede disminuir las evidencias del fiscal a través de la promoción de pruebas a favor del acusado o lograr que el juez desestime las pruebas cuando se haya incumplido el proceso legal para obtenerlas de forma debida.      

  1. Ausencia de intención fraudulenta. Puesto que todos los delitos de esta categoría son delitos intencionales, la voluntad de defraudar siempre será un elemento esencial que debe probar el fiscal para lograr una sentencia condenatoria. Por esa razón, esta defensa es empleada frecuentemente cuando el hecho por el que se le investiga o por el cual se levantaron cargos en su contra fue cometido por error o se pensaba que era un acto legítimo. Si su abogado defensor logra probar que no quería defraudar, usted no podrá ser condenado por ninguno de los delitos de esta categoría.

¿Cómo conseguir un abogado de Delitos de Cuello Blanco cerca de mí?

Si se encuentra en Los Ángeles, CA y actualmente enfrenta cargos por este tipo de delitos, usted requiere de la asesoría de un grupo de abogados expertos que le asesoren para evitar posibles sanciones. The LA Criminal Defense Law Firm cuenta con un grupo de profesionales altamente capacitados que le brindarán la ayuda que usted requiere. Para comunicarse con ellos y agendar una cita, llame ya al número telefónico 310-935-1675. Ellos le atenderán gustosamente.