Según las leyes de California, dañar, destruir o pintar un grafiti en una propiedad que no le pertenece y sin el permiso del propietario, constituye un delito de vandalismo. En esos términos, son varias las conductas que pueden considerarse actos de este tipo: dañar una señalización, romper un buzón de correspondencia, vaciar neumáticos o escribir sobre cemento fresco.

Ahora bien, lejos de lo que comúnmente se piensa, una acusación por este delito implica enfrentar consecuencias legales bastantes graves, de hecho, si lo declaran culpable por este crimen podría llegar a recibir una condena de hasta 3 años de prisión estatal y tener que cancelar multas muy onerosas. Por ende, es muy importante no restarle importancia a su acusación y contratar a un abogado lo más rápido posible.

¿Necesita ayuda legal? Comuníquese con The LA Criminal Defense Law Firm

Si fue imputado por vandalismo en Los Angeles, o alguien amenaza con denunciarlo, puede llamar a las oficinas de nuestro bufete legal y asesorarse con un abogado con especialización y experiencia en delitos contra la propiedad. Pero por ahora, esperamos que pueda continuar informándose sobre los aspectos legales más relevantes de este delito y así pueda tener una idea general de lo que enfrenta.

¿Cuál es la ley que regula este delito? Y ¿Qué establece?

La ley que regula este delito es la disposición legal 594 contenida en Código Penal (PC) y establece de forma textual: toda persona que cometa maliciosamente cualquiera de los siguientes actos con respecto a cualquier propiedad inmueble o personal que no sea de su propiedad, en casos distintos a los especificados por la ley estatal, es culpable de vandalismo:

  1. Manchas con grafiti u otro material inscrito,
  2. Daños, y
  3. Destruir

Así mismo, en la misma ley se establece que al incurrir en los supuestos antes mencionados con respecto a bienes inmuebles, vehículos, letreros, accesorios, mobiliario o propiedad del estado, se presume que el acusado no era dueño ni tenía permiso para desfigurar, dañar o destruir la propiedad.

De igual forma, dicha ley indica cuales son las penalizaciones que corresponde de acuerdo con determinadas circunstancias. Pero de esto vamos a hablar más adelante en el apartado de las consecuencias legales.

¿Cuáles son los elementos del crimen?

Antes de pasar a responder esta pregunta, es oportuno señalar que los elementos del crimen son las circunstancias específicas que debe encontrarse presentes en un mismo hecho para que pueda tenerse como configurado un crimen, de modo que, sin esas circunstancias el hecho no habría consumado un delito y la persona acusada debe ser declarada inocente.

Aclarado lo anterior, los elementos que configuran el delito de vandalismo son los siguientes:

  • Que el acusado cometió contra una propiedad algunas de las acciones prohibidas por el 594 PC,
  • Que la propiedad no haya sido del acusado, y
  • Que el acusado actuó maliciosamente.

Cabe acotar que el Fiscal de la acusación deberá probar más allá de una duda razonable la coexistencia de todos los elementos, porque si sólo se demuestran dos de los tres señalados, el delito simplemente no se habría consumado y por tanto no habría lugar a una condena.

Ahora bien, a fin de abordar aspectos legales importantes, en las siguientes líneas vamos a explicar más en detalle lo que implica cada uno de los elementos antes indicados.

Que el acusado cometió contra una propiedad algunas de las acciones prohibidas por el 594 PC

Como lo mencionamos en líneas anteriores, el estatuto 594 PC prohíbe realizar tres acciones:

  1. Manchas con grafiti u otro material inscrito,
  2. Daños, y
  3. Destruir

De acuerdo con lo establecido por esta misma ley el término "grafiti u otro material inscrito" incluye cualquier inscripción, figura, palabra, marca o diseño no autorizado, que esté escrito, marcado, grabado, rayado, dibujado o pintado en la propiedad de otra persona.

Vale la pena señalar que esta ley se aplica independientemente de que se trate de un material que se pueda borrar o que sea permanente. De modo que, si usted tomó un Griffin de zapato o un marcador para ventanas de autos y escribe en el vehículo de alguien más un mensaje insultante, aun cuando el mismo sea lavable, igualmente podría enfrentar consecuencias legales.

Por su parte, en daños o destrucción podría caber cualquier acción que de alguna manera cause un perjuicio al propietario del bien, por ejemplo, desde tirar huevos a la ventada de una casa, hasta rayar un auto con unas llaves.

Que la propiedad no haya sido del acusado

Ahora bien, la ley realmente no prohíbe rayar su auto con pintura lavable, lanzar huevos a su casa o rayar su auto con unas llaves, siempre y cuando se trate de su propiedad y no la de otro, a menos que, claro está, esté autorizado por el dueño a hacerlo. Fuera de ello, es decir, si no es su propiedad ni estaba autorizado, entonces sí constituye vandalismo.

Sin embargo, se debe señalar que usted puede ser acusado de este delito incluso si es dueño del bien, esto es cuando se trate de una copropiedad, es decir, que comparte la propiedad con otro u otros individuos y la persona no autorizó el acto considerado vandálico.

Otro aspecto legal importante que se debe abordar dentro este elemento es que cuando se trata de una propiedad pública o del Estado, no es necesario demostrar que el bien es suyo o que no tenía autorización, ya que se presume que es así. Esto implica también la inversión de la carga de la prueba, por cuanto el Fiscal no tendría que demostrar más allá de una duda razonable, sino que corresponde a su abogado contradecir la presunción establecida por la ley.

Que el acusado actuó maliciosamente

Tampoco es un delito de esta índole que usted haya perdido el control de su vehículo y haya destruido el buzón de correspondencia de una persona, por brindar algún ejemplo, ya que esto en todo caso habría constituido un accidente en vez de un acto ejecutado con malicia.

En ese sentido, podemos definir la “malicia” como la acción voluntaria de cometer un acto ilegal o actuar con la mala intención de herir o molestar a alguien.  

Por ejemplo, una mujer que le raya el auto a su expareja en venganza por haberla engañado con otra persona, un hombre que tira piedras a los vidrios de la casa de su vecino, unos alumnos de secundaria que llenan el auto de la directora del colegio con huevos y papel higiénico. 

Como pudo ver, cada uno de los tres elementos son necesarios para que se configure el delito.

¿Cómo se califica este delito?

El monto de la reparación del daño que se ocasiona al bien ajeno con el acto vandálico juega un papel fundamental en la determinación de la calificación (menor o grave) del delito.

Para ello la ley prevé como regla lo siguiente: si el monto es menor de $400 el delito se califica como menor, pero si es igual o mayor a ese monto entonces el delito es un “wobbler”

Cabe aclarar que un delito “wobbler” implica que la Fiscalía puede calificarlo como un hecho punible menor o grave (en un tambaleante entre ambas calificaciones), dependiendo de:

  1. Las circunstancias concretas del hecho, y
  2. Los antecedentes penales del acusado

En las circunstancias concretas del caso, nuevamente cobra importancia la suma de los gastos de reparación al bien, ya que es uno de los factores que el Fiscal podría tomar en cuenta para formular los cargos. Por ejemplo, no se procesará de igual manera un acto que ocasionó daños evaluados en $400, que un acto que ocasionó daños evaluados en $51.000. Pero, independientemente del valor, realmente dentro de las circunstancias se puede tomar en cuenta cualquier factor que, en términos generales, mitiguen o agraven el hecho punible.

Lógicamente, el escenario legal es menos complejo si es acusado por un hecho punible menor en vez de un delito grave, sin embargo, la fiscalía siempre busca formular cargos por un delito grave a fin de lograr consecuencias más severas para el acusado. De hecho, una de las formas en que lo hacen, es cuando el acusado supuestamente cometió daños a más de una propiedad, en estos casos, los fiscales trataran de probar que se trataba de un mismo plan, impulso o intención de molestar a una persona, con la finalidad de sumar los gastos de reparaciones, y si el total de estos es igual o mayor de $400, tener la oportunidad de que se procese como un delito grave.

¿Qué tan severas son las consecuencias legales por este delito?

Ahora bien, independientemente de si este hecho punible se califica como un delito menor o grave las sanciones que prevé la ley son bastantes severas. Por supuesto esto depende mucho de la calificación del delito, pero en términos generales, por el uno y por el otro las sanciones conllevan cierta rigurosidad.

Así por ejemplo, si los gastos por reparación de daños son menores a $400, como antes lo mencionamos, siempre se tratará como un hecho punible menor, por lo que en estos casos las consecuencias que corresponden son las siguientes:

  • Encarcelamiento por hasta 1 año en una cárcel del condado,
  • Libertad condicional informal, y/o
  • Como máximo $1.000 en multas si es su primera ofensa por este delito, o $5.000 si ya tiene una sentencia previa por el delito de vandalismo

Ahora, si los gastos por reparaciones son iguales o mayores a $400, el delito es un “wobbler” lo que significa que el Fiscal lo puede imputar por un delito menor o grave. Si se imputa como un delito menor las consecuencias que prevé la ley son:

  • Encarcelamiento por hasta 1 año en una cárcel del condado,
  • Libertad condicional informal, y/o
  • Como máximo $10.000 en multas, o hasta $50.000 si los gastos por reparaciones ascienden a $10.000 o más.

Pero si se formulan cargos por un delito grave las sanciones se incrementan de la siguiente manera:

  • Encarcelamiento por un periodo mínimo de 16 meses y máximo de 3 años en una cárcel estatal,
  • Libertad condicional formal, y/o
  • Como máximo $10.000 en multas, o hasta $50.000 si los gastos por reparaciones ascienden a $10.000 o más.

Tenga en cuenta que estas sanciones pueden llegar a incrementarse en virtud de circunstancias agravantes previstas por la ley. Una circunstancia de este tipo es un elemento que no tiene que estar necesariamente presente en el hecho para que se configure el delito pero que, de estarlo, agrava las sanciones previstas por la ley.

Las circunstancias agravantes a las que nos estamos refiriendo son dos:

  1. Que el delito esté relacionado o haya sido en beneficio de una pandilla callejera
  2. Que el delito haya implicado un crimen de odio

Por cualquiera de esas dos circunstancias, el Juez puede imponer al acusado sentencias adicionales y consecutivas a las del delito subyacente, lo que significaría que la sentencia final podría ser muy grave.

¿Cómo puedo defenderme de una acusación por vandalismo?

Como siempre decimos, la mejor forma de defenderse por una acusación de este tipo es actuando rápido contratando los servicios de un abogado especializado en la materia. Con ello tendrá dos cosas a su favor: el tiempo, y la experiencia de alguien que conoce perfectamente las leyes que regulan el delito por el cual le acusaron, y esas dos cosas pueden hacer la diferencia entre salir en libertad e ir a la cárcel o a prisión.

Es muy importante que no desista de una defensa calificada aún si se tienen muchas pruebas en su contra o su escenario legal se mira muy complicado, ya que muchas veces hace más peso una buena estrategia que las evidencias que se puedan tener en contra de una persona.

Ahora bien, en cuanto a las defensas que se pueden utilizar contra estos cargos, debe indicarse que estas son varias, por supuesto no todas son aplicables para todos los casos, ya que cada escenario legal es distinto y por ende se debe escoger la que sea más adecuada a este. Algunas de las que más comúnmente se emplean son:

  • Sin malicia
  • Falsas acusaciones
  • Erróneamente identificado
  • Evidencia Insuficiente

Sin malicia

Uno de los elementos que debe probar la Fiscalía más allá de una duda razonable es que el acusado cometió el hecho con malicia, que como explicamos en líneas anteriores, implica cometerlo con toda la intención de ejecutar un acto ilegal o con el propósito de molestar a alguien con su acción. De modo que, si este elemento no es probado o si el acusado no tenía malicia, el delito no se habría configurado y por tanto el Juez deberá rechazar los cargos en su contra.

En ese sentido, si usted estaba jugando béisbol en el patio de su casa con su hijo y accidentalmente este batió la pelota muy fuerte al punto de romper la ventana de la casa de su vecino, aunque este haya tenido un problema con usted previamente, estuvieran peleados, el hecho no puede considerarse un acto vandálico.

Falsas acusaciones

Las falsas acusaciones son muy comunes en estos casos, sobre todo a manos de personas llevadas por la ira, venganza o celos.

Pongamos el caso de una expareja que viven junta, están en trámites de divorcio, y se disputan la casa, o dos socios de una empresa que se disputan un local de la compañía, cualquiera de las partes puede provocar daños a la propiedad e incriminar a la otra para decir que fue esta quien causó todos los daños y conseguir algún tipo de beneficio legal de todo ello.

Erróneamente identificado

Otra situación común en estos casos es que el testigo incurra en error al momento de identificar al supuesto vándalo, en la mayoría de las ocasiones esto se debe a factores que inducen el error, por ejemplo, falta de iluminación, físico parecido con otra persona, estatura similar a la de otra persona, los prejuicios del testigo, entre otros.

Por ejemplo, pongamos el caso de Oliver, un joven que normalmente es mal visto en su barrio por fumar marihuana y tener amigos supuestamente delincuentes. Además, este joven tiene problemas con sus vecinos Dan y Karen, Dan consigue un grafiti en la pared de su residencia en horas de la mañana y Karen le dice que le pareció ver a Oliver acercarse por la noche a la residencia de Dan. En este caso influyó la oscuridad, y los prejuicios de Dan y Karen.

Evidencia Insuficiente

El alegato de evidencia insuficiente no es necesariamente señalar la falta de pruebas, sino indicar que las que se tienen no son suficientes para demostrar el elemento que se quiere probar, es decir, no prueba más allá de una duda razonable, sino que se queda en la duda razonable.

Por ejemplo, supongamos que el Fiscal intenta demostrar que Rebeca destruyó el buzón de Frank con un bate, mostrando evidencia de que Rebeca tiene un bate en su casa con el que normalmente juega, sin embargo, el hecho de que Rebeca tenga un bate no significa que ella haya sido quien destruyó el buzón, hay muchas personas alrededor de la residencia de Frank que también tienen un bate y pudieron cometer el hecho. Por tanto, esa evidencia es insuficiente.

¿Qué sucede si el supuesto vándalo es un menor de edad?

Que se trate de un menor de edad no significa que no sea responsable penalmente por el hecho cometido, lo que sí implica es que el escenario legal lógicamente cambia. En estos casos corresponde conocer a los Tribunales de Menores de California, y si el Juez encuentra que el menor cometió el delito, entonces será sancionado por el hecho, indudablemente no acarreará las mismas consecuencias legales que un adulto, pero también pueden llegar a ser bastantes serias.

Por esa razón igualmente debe contratar los servicios de un abogado para que represente a su hijo. Además, tenga en cuenta que las sanciones posiblemente no solo involucran al niño u adolescente, sino también a usted como padre, ya que en caso de tener que pagar una restitución o multa, los padres del menor están obligados a ayudar a pagarlas.

¿Puedo eliminar de mis antecedentes penales una condena por este delito?

Muchas veces, tener antecedentes penales trunca el futuro de jóvenes y adultos, sobre todo si estos son muy fáciles de conseguir, ya que podría complicar la búsqueda de empleo, el ingreso a una universidad de prestigio, o los prejuicios de otras personas con las que se intenta relacionar. Por ello, muchas veces resulta un alivio que sus condenas anteriores se eliminen de sus antecedentes penales ¿pero esto puede hacerse? pues sí y en las siguientes líneas le explicaremos todo.

Las condenas por ciertos delitos, incluyendo el vandalismo, pueden llegar a eliminarse si cumple con los siguientes requisitos:

  1. Completó su periodo de cárcel o libertad condicional, y
  2. No fue condenado a prisión estatal

Para optar por la eliminación de sus antecedentes penales, además de cumplir con los requisitos antes mencionados, debe formular su petición de eliminación a un Juez, este programará una audiencia de la que notificará a la Fiscalía, y allí se decidirá si es procedente o no eliminar condenas en sus antecedentes penales.

Tenga en cuenta que en dicha audiencia el Fiscal podría oponerse a la eliminación de sus antecedentes, por lo que es indispensable contar con un abogado para que este contradiga las oposiciones del Fiscal en caso de presentarse.

¿Qué otras leyes están relacionadas con este delito?

Tenga en cuenta que el estatuto 594 PC no es la única ley de vandalismo de California, sino que hay otras que son más específicas y por tanto sería oportuno también investigarlas, algunas de estas son:

  • Sanciones por grafiti con daños menores a $ 250 - Secciones 640.5 y 640.6 PC
  • Vandalizar lugares de culto - Sección 594.3 PC
  • Vandalismo que involucre químicos cáusticos - Sección 594.4 PC
  • Vandalismo en o cerca de una autopista o autopista - Sección 640.7 y 640.8 PC

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Como pudo ver, independientemente de que se formulen cargos como hecho punible menor o grave, las sanciones por este delito son bastantes severas, por tanto, es imprescindible que cuente con una representación legal ante la Corte que consiga los mejores resultados posibles sobre su problema legal.

Si enfrenta un cargo por vandalismo y está en Los Angeles comuníquese ahora mismo con las oficinas de The LA Criminal Defense Law Firm, para que un abogado calificado evalúe su situación legal y trabaje en una estrategia capaz de desestimar los cargos en su contra. Llame ahora al 310-935-1675 para programar una cita.