Las órdenes de restricción se encargan de brindarle seguridad a personas que hayan sido abusadas físicamente, amenazadas, o acosadas. Por esta razón, cuando un individuo siente que su seguridad corre peligro puede solicitar a través de la Corte de California, se genere una orden con carácter restrictivo. Cuando esta medida de seguridad es emitida en su contra y usted entra en desacato consciente e intencionalmente, las consecuencias venideras pueden ser: pasar tiempo determinado en la prisión, pagar multas judiciales, e inclusive ambas, así como también es posible que se generen otras consecuencias.

Las limitaciones establecidas por estas medidas de resguardo, pueden enmarcarse de la siguiente manera: evitar frecuentar ciertos sitios, o prohibirle mantenerse cerca de una determinada persona. Es importante seguir al pie de la letra las condiciones y términos delimitados en dicha orden, ya que de lo contrario se corre el riesgo de enfrentar acusaciones por no cumplir lo establecido por la Ley. 

En este sentido es importante resaltar que el delito de violar una orden de restricción está vinculado considerablemente, con casos expuestos sobre violencia doméstica, donde en su mayoría un cónyuge, o ex pareja con quien vivió en el pasado o vive actualmente, es quien ha solicitado la imposición de la medida, a la que usted debe dar cumplimiento obligatorio, pues en el evento de no hacerlo, tendrá que responder penalmente por su incumplimiento.

Si usted enfrenta cargos por violación de una orden de restricción en Los Angeles, es crucial que contacte a la mayor brevedad posible a un abogado penalista del equipo perteneciente a The LA Criminal Defense Law Firm, en donde encontrará el apoyo necesario para resolver su situación legal.

¿Cómo podemos definir una Orden de Restricción?

Esta orden puede identificarse como una orden de carácter judicial y tiene como fin único salvaguardar a las personas víctimas de agresiones y amenazas. En el caso de que usted quede restringido por parte de la Ley hacía una persona, es evidente que tiene prohibido acercarse o mantener comunicación con la misma. Si infringe en el mandato puede ser condenado por la ejecución de ese delito.

Los comportamientos restringidos con este tipo de orden en cuanto a la protección de una víctima, son los siguientes:

  • Queda prohibido todo contacto con la persona protegida por la orden.
  • Se limitan las visitas a lugares que se frecuentaban en común.
  • Se impide contactar a la víctima a través de mensajes por teléfono o llamadas.
  • Queda prohibido interactuar con la víctima a través de redes sociales.

¿Cuáles son los tipos de Orden de Restricción?

Conocida a su vez como orden de protección, puede clasificarse de la siguiente manera:

  • Orden de restricción en un caso de violencia doméstica.
  • Orden de restricción como consecuencia del acoso civil.
  • Orden de restricción originada por acciones violentas en el sitio de trabajo.
  • Orden de protección por el abuso de adultos dependientes y ancianos.

Conceptualización de violencia doméstica

Este concepto está enmarcado en el acecho, las amenazas, el abandono, el daño a propiedades o el maltrato físico de la víctima, insultos, humillaciones y violencia verbal, también se puede ejercer con niños y adultos mayores, ya que no siempre el tema sobre violencia doméstica está condicionado a que el maltrato se de exclusivamente entre parejas.

¿Quiénes ejercen violencia doméstica?

A lo largo del tiempo la creencia con relación a este tema ha girado en torno a los matrimonios como se hizo referencia en el párrafo anterior, siendo esto apenas el principio del asunto, ya que en parejas separadas y divorciadas también es muy común, estas pueden ser personas que mantienen nexos, como un hijo por ejemplo, personas con quien se mantuvo una relación amorosa en el pasado o con quien sale en la actualidad.

También se incluyen miembros cercanos pertenecientes al núcleo familiar, personas que con usted estén involucradas por motivo de lazos consanguíneos, de tal manera que la violencia doméstica pueden ejercerla hombres y mujeres de cualquier edad. La violencia doméstica puede generar órdenes de restricción cuando la acción es denunciada ante las autoridades competentes.

Es importante mencionar que existen términos asociados a este tipo de violencia como lo son: lesión corporal y agresión doméstica, los cuales pueden ocasionar de manera segura una orden en su contra requerida por la víctima, a través de la denuncia de tales delitos.

Estos delitos pueden diferenciarse uno del otro, cuando el maltrato ocasionado en el cuerpo de la otra persona es visible, es decir, que a simple vista pueden observarse daños físicos como golpes y heridas, en este sentido estaríamos hablando de lesión corporal, de lo contrario sería una agresión doméstica pues en ella no hay evidencia física del maltrato generado.

Otra discrepancia, es que una agresión doméstica puede considerarse un delito menor, a diferencia de una lesión corporal en la víctima, la cual puede ser catalogada como delito menor o delito mayor, conocido como “wobbler”. Dependiendo de los hechos, el grado de lesión, o si el acusado tiene o no antecedentes penales, es que se podrá determinar la categoría del delito.

Por su parte, cabe destacar que la violencia doméstica es un tema extenso, conformado por una serie de delitos, los cuales dos de ellos se mencionaron anteriormente como son: lesiones corporales y agresión doméstica. A su vez es importante resaltar que existen conductas ilícitas dentro del tema de violencia doméstica que pueden llevar a que se emita una orden de restricción, a continuación se exponen dos de las más relevantes:

  • Amenazas criminales: Consiste en amenazar a otra persona según lo indica el Código Penal de California, y a su vez generar daños físicos e inclusive la muerte.
  • Abuso infantil: Las leyes en el Estado de California aprueban castigos razonables, pero aquellos que puedan generar daños físicos están totalmente prohibidos, y más aún si se trata de niños. Este tipo de comportamientos generan violencia doméstica.

Orden de alejamiento en el contexto de la violencia doméstica

Esta orden es establecida cuando existen situaciones en donde las personas involucradas, han tenido alguna relación íntima o la tienen actualmente, esto incluye novios, esposos o ex parejas, dicha orden puede darse por incurrir en abuso psicológico, físico y emocional, acarreando como posible consecuencia que deba abandonar su casa si es compartida con la persona protegida por la orden.

¿Cuáles son las formas de protección establecidas según las leyes de California?

Una orden de restricción debe emitirse según el caso lo amerite, estas órdenes se dividen en tres niveles, estos son:

  • EPO: Órdenes de protección emergentes
  • TRO: Órdenes de restricción temporal
  • PRO: Órdenes de restricción permanente

A continuación se explican detalladamente:

  • EPO: Órdenes de protección emergentes

Generalmente estas órdenes se generan como respuesta a llamados relacionados con violencia de tipo doméstica, -EPO son sus iniciales en inglés-, y son ejecutadas cuando quien atiende la llamada, en este caso el oficial, considera que la protección solicitada debe prestarse de inmediato y para ello se pone en contacto con el juez. La EPO, en el caso de que se conceda, entra a regir rápidamente y dura un lapso de máximo siete días.

  • TRO: Órdenes de restricción temporal

Las órdenes de restricción de carácter temporal son emitidas por un juez mientras la audiencia se efectúa. Una TRO se mantiene activa hasta el momento en el que se establezca si se emite o no una orden permanente. Este proceso puede durar alrededor de tres semanas.

  • PRO: Órdenes de restricción permanente

Este tipo de órdenes pueden ser utilizadas durante cinco años, son otorgadas cuando el juez determina que quien acudió a la protección, verdaderamente corre un peligro serio. Cuando una PRO expira, es posible que su validez pueda extenderse.

¿Cómo incumple usted las Órdenes de Protección?

En el Estado de California conforme al Código Penal 273.6, pasar por alto órdenes de protección emitidas por un tribunal, acarrea un delito. En tal sentido el fiscal debe demostrar que dicha orden fue violada probando cada uno de los elementos presentados a continuación:

  • Orden emitida por un tribunal: Que la orden es de carácter legal.
  • Conocimiento: Que sabía usted de la existencia de tal orden de restricción.
  • Capacidad: Se refiere a la capacidad humana y mental que usted tiene de cumplir con dicha orden. Esto significa que la orden debe ser justa en cuanto a su imposición, es decir, usted debe estar en la capacidad de cumplir con la misma.
  • De forma voluntaria: Que voluntariamente la orden fue violada por usted, lo hizo a propósito o adrede.

En tal manera puede afirmarse que violar intencionalmente órdenes de protección con carácter legal, representa un delito.

Es importante aclarar que en California, la Ley ha establecido canales para notificar la restricción a un individuo, la información puede entregársela en persona un oficial policial, también puede ser notificado por el mismo juez el día de la audiencia, o leer usted mismo la orden en el sitio de emisión, en este caso el tribunal.

A continuación se exponen dos ejemplos relacionados con la violación de una orden de protección, el primero sobre violación voluntaria y el segundo sobre violación involuntaria:

  1. Un ex esposo ingresa intencionalmente a la oficina donde trabaja su ex esposa, -persona protegida-, aun cuando el individuo estaba sometido a una orden de protección emitida en forma legal por un tribunal y no la cumple. De esta manera es ejecutada la violación de una orden de restricción voluntariamente.
  2. Un individuo es arrestado y señalado de ejercer violencia doméstica, se presenta ante un tribunal en donde el juez dictamina orden de resguardo de carácter temporal por un lapso de diez días. Por consiguiente se le ordena al acusado no establecer contacto alguno con cierta persona en específico e inclusive guardar distancia de unos 30 metros. Tres días después, el acusado se dirige hacia una tienda en un centro comercial, y de repente la ve dentro del negocio, por lo que uno de los familiares de la persona protegida da aviso a un oficial policial quien procede a efectuar el arresto. En este episodio el individuo realmente no violó voluntariamente la orden de protección, sino que casualmente se tropezó con la otra persona.

 ¿Cómo es notificado usted de una Orden de Protección en su contra?

Es importante enfatizar como se hizo referencia anteriormente, que la persona no necesita leer la orden como tal para estar notificado, con estar consciente de que existe es suficiente para poder incumplirla, así como también argumento necesario para que un fiscal dictamine dicho incumplimiento si fuese el caso. De acuerdo a esta explicación a través de los siguientes enunciados se puede hacer constar que usted estaba enterado de la existencia de tal orden judicial:

  • Usted hizo acto de presencia en el tribunal cuando la orden fue emitida
  • La orden se entregó personalmente
  • Un oficial de seguridad le notificó verbalmente sobre tal orden de protección

Para mayor entendimiento brevemente serán explicados cada uno de los enunciados citados.

Usted hizo acto de presencia en el tribunal cuando la orden fue emitida

En este caso el juez está en el deber de explicarle el por qué se ha generado una orden de restricción, y bajo cuáles condiciones y términos debe obedecerla.

La orden se entregó personalmente

Se le hará entrega personalmente de una copia del documento de restricción, en caso de que usted no haya podido asistir a la audiencia, la misma es enviada al domicilio que esté registrado en la base de datos mediante correo postal.

Un oficial de seguridad le notificó verbalmente sobre tal orden de protección

El oficial de seguridad tiene la potestad de notificar ante el tribunal, que la persona sujeta a la orden de protección en contra, fue informada a tiempo de tal medida por él mismo.

A continuación se presenta un ejemplo sobre la notificación de órdenes de restricción por parte de un oficial:

De acuerdo a una orden generada por el tribunal y basada en la petición de la persona que busca recibir protección, se indica que usted no puede acercarse al lugar de trabajo de la misma, al menos a unos 90 metros distantes. Sin embargo la notificación no le fue entregada y el día de la audiencia usted no hizo acto de presencia, por lo tanto desconoce la orden emitida en su contra, por consiguiente continuando con el ejemplo, usted pasa por el trabajo de su antigua pareja para conversar sobre alguna situación pendiente, y su ex denuncia ante las autoridades el incumplimiento de dicha orden. Posteriormente el agente policial llega al sitio para evaluar lo ocurrido, determinando así, que no estaba usted informado sobre la orden de protección pero ahora sí, quedando establecido que para futuros incidentes sí puede ser culpado de la violación de la orden emitida en su contra.

¿Qué quieren decir las leyes con que el incumplimiento sea voluntario?

Este enunciado hace mención a que el delito se efectúa sólo cuando la orden se incumple voluntariamente, como ejemplo, usted por accidente pudiera encontrarse a pocos metros de distancia con respecto a la persona objeto de protección y a simple vista parecería que está violando la Ley y no es así, ya que fue involuntario el encuentro. En este sentido su abogado defensor debe encargarse de demostrar que fue accidental el tropiezo.

¿Cuáles sanciones puedo enfrentar si incumplo una Orden de Protección?

El incumplimiento de órdenes de protección, generalmente es catalogado como delito menor, no obstante si usted es culpado nuevamente de cometer la misma ofensa en un tiempo comprendido de 7 años, o el incidente involucró violencia, la situación pasa a ser un “wobbler”, es decir, el delito puede ser procesado como un delito menor, o como un delito mayor.

Si se da el caso de que usted resulte culpable de cometer un delito menor, el incumplimiento de dicha orden de protección, puede llevarlo a cumplir 1 año de prisión, así como también pagar multas de hasta $1000.

También es importante recalcar que la autoridad podría otorgarle libertad condicional, exigiendo asistencia obligatoria a clases con temáticas referentes a la violencia doméstica, así como también acudir a terapias que permitan ayudarle a controlar la ira, o el pago de una casa para refugiar a la víctima, o que requiera un tribunal que indemnice por los daños ocasionados a la otra persona.

En caso de que usted sea condenado por delito mayor, debido al incumplimiento de dicha orden de protección, la multa a pagar puede llegar a un valor máximo de $10.000 y el tiempo en prisión comprende hasta tres años.

¿Cuáles defensas pueden emplearse ante el incumplimiento de Órdenes de Protección en el Estado de California?

Los casos de incumplimiento de órdenes de protección pueden defenderse con los siguientes argumentos, entre ellos tenemos:

  • Usted no estaba informado de una orden en su contra
  • El incumplimiento de la orden fue involuntario
  • No estaba capacitado para cumplir la orden
  • Falsas acusaciones de violar la orden de protección
  • La orden fue generada ilegalmente

Expuestos los enunciados anteriores se detallan a continuación:

Usted no estaba informado de una orden en su contra

En este caso el abogado defensor puede alegar que usted no había sido notificado sobre la orden judicial en su contra, y evitar que lo declaren culpable por incumplir el mandato.

El incumplimiento de la orden fue involuntario

Si tanto usted como la persona a la que la orden le brinda protección, hacen vida en una misma localidad, es posible que los encuentros sean casuales y la violación de la orden de protección sea accidental, ya que es muy común que puedan encontrarse sin intención en sitios públicos. Por otro lado, si la violación de la orden se efectúa de manera voluntaria, entonces estariamos en presencia de la ejecución del delito.

No estaba estaba capacitado para cumplir la orden

Es importante aclarar que una orden de protección debe estar al nivel del alcance y cumplimiento del acusado, porque de lo contrario sería injusto adjudicar culpabilidad en determinado momento, si así fuese el caso. Un ejemplo sería que la persona a la que la orden le brinda protección, trabajara en la misma empresa que usted, en este caso la defensa debe intervenir para que las condiciones de cumplimiento de la orden sean revisadas.

Falsas acusaciones de violar la orden de protección

El tema referente a la violencia doméstica generalmente apunta a que los casos son denunciados falsamente, con el fin determinado de obtener la potestad de los hijos, beneficios económicos, o simplemente por una venganza o por celos. Por estos y otros motivos es importante verificar si realmente el acusado violó o no la orden de protección.

La orden fue generada ilegalmente

La fiscalía está en el deber de comprobar que la emisión de la orden judicial fue presentada con total legalidad, para poder condenarlo en el caso de que usted viole dicha orden. En este sentido, la defensa pudiera presentar argumentos enmarcados en la falsedad de los hechos basados para emitir la orden, o la falta de competencia del tribunal al generar la misma, trayendo como consecuencia su anulación.

¿Cómo puedo ubicar un abogado de Violación de una Orden de Restricción cerca de mí?

Es importante que el acusado tenga claro lo que representa la violación de este tipo de órdenes, y las consecuencias que puede ocasionarle su incumplimiento, es por ello que usted debe mantenerse alejado totalmente de la persona protegida, e inclusive si es dicha persona quien por cualquier motivo intenta hacer contacto con usted, no acepte el dialogo, dicho esto es indispensable que recopile las pruebas pertinentes, entiéndase mensajes y llamadas, que sirvan posteriormente para su defensa en caso de ser necesario.

Si usted está siendo acusado de violar una orden de protección y no sabe cómo solucionar su situación legal, es momento de contactar a un abogado especialista en el tema de violación de órdenes de protección, perteneciente al equipo The LA Criminal Defense Law Firm, ubicado en los Angeles, quien podrá asesorarle gratuitamente en el primer contacto que usted haga con nosotros.

Para mayor facilidad puede comunicarse a través del siguiente número telefónico 310-935-1675, y será atendido a la brevedad posible, ya que la protección de sus derechos es lo primero para nosotros.