¿Conoce usted la diferencia entre el asalto y la agresión? Con mucha frecuencia estos términos son confundidos y empleados como sinónimos, sin embargo, le aclaramos que se tratan de delitos regulados bajo normas diferentes, y por tanto distintos entre sí. No obstante, su confusión es completamente normal considerando la delgada línea que los diferencia, y que incluso es muy común que ambos delitos concurran en un mismo hecho.

De forma muy general le podemos decir que el asalto básicamente constituye un intento de agresión, y este último implica tocar a otra persona de forma violenta u ofensiva, no obstante, todo lo referente a sus aspectos legales los abordaremos más adelante.

Pero antes, queremos asegurarnos de que entienda que una acusación por cualquiera de estos delitos implica enfrentarse a consecuencias legales muy serias, por lo que, si actualmente se encuentra en esta situación, no dude en acudir a un abogado de asalto y agresión en Los Ángeles de nuestra firma The LA Criminal Defense Law Firm, nuestros profesionales están completamente comprometidos con la defensa de los individuos acusados de cometer crímenes y cuentan con una amplia experiencia combatiendo este tipo de cargos.

Definición Legal de Agresión

Legalmente la agresión, también conocida como agresión simple, implica tocar voluntariamente de forma ofensiva o dañina a otro individuo.

Ahora bien, a fin de comprender todos los aspectos legales que implica tal definición, es importante que evaluemos con mayor detalle los requisitos que plantea la ley para la procedencia del delito.

Tocar a otro individuo de forma ofensiva o dañina

En términos generales, tocar a una persona implica hacer cualquier contacto físico con esta, el cual, dejemos claro desde el inicio, por más mínimo que sea, configura el delito al que nos referimos.

Ahora bien, para que el contacto físico incurra en los supuestos de la agresión, es necesario que este se haya realizado de forma ofensiva o dañina, por lo que es importante que expliquemos estos términos:

La acción de ofender implica humillar o hacer que un individuo se sienta despreciado mediante el empleo de acciones contra este. Mientras que, dañar es infligir dolor o perjuicio.

En ese contexto, un aspecto legal importante es que la agresión no implica haber causado lesiones corporales ni leves ni graves a una persona, en sí, la agresión es un gesto violento, irrespetuoso, o grosero que ofende o hace sentir humillado al individuo que la sufre y que requiere un contacto físico.

Un escenario que nos sirve de ejemplo para explicar lo anterior, es la ocasión en que en medio de una discusión con una persona usted le escupa en la cara. Esta acción, aunque no causó lesiones, y que el contacto físico fue mínimo, dado que se trata de un gesto ofensivo (que constituyó una humillación o un daño moral para el otro individuo) podría dar lugar a un cargo por agresión.

Sin embargo, aunque la ley no requiere que la víctima haya sufrido lesiones de algún tipo, si el hecho involucra lesiones leves también puede ser acusado por el delito al que nos referimos, en cambio, si se causaron lesiones graves, podría generar un cargo por agresión agravada.

Deliberadamente

Otro de los supuestos que incluye la ley es que el contacto físico se haya realizado deliberadamente, esto quiere decir que se haya hecho con propósito o intención.

En cuanto a lo anteriormente dicho, resulta preciso que aclaremos que dicho elemento no tiene nada que ver en absoluto con la intención del acusado de lograr que la otra persona se sienta ofendida con su acción o de causarle lesiones, puede darse el caso que sí sea así, pero esto no es lo determinante, ya que, hay muchos casos donde la persona ejecutó la acción, pero no pretendía realmente que el otro se sintiera ofendido o que resultara lesionado con ocasión de ello.

El simple hecho de que con propósito el acusado haya escupido a otro individuo (en el contexto del ejemplo anterior) o que voluntariamente alzara su mano para golpear a una persona, es suficiente para que se entienda configurado este elemento.

¿Qué sanciones se imponen como resultado de una condena por un cargo de agresión simple?

Las sanciones que se imponen por un cargo de este tipo son muy serias e incluyen las que se mencionan a continuación:

  • Pena de prisión en el condado no mayor a 6 meses.
  • Libertad condicional informal.
  • Pagar multas no mayor a $2.000.
  • Cumplir con servicio comunitario.

Cabe mencionar que, de las anteriormente señaladas, el Juez puede aplicar una o varias según lo considere necesario.

¿Qué delitos guardan relación con el delito de agresión simple?

Además de la agresión simple, existen otros delitos que guardan relación con este en virtud de que también se comete la agresión, pero bajo supuestos específicos, los cuales abarcaremos a continuación:

Agresión Agravada

La agresión agravada implica agredir a una persona (en los mismos términos antes expuestos) pero causando lesiones corporales consideradas como graves.

Ahora bien, a los efectos de la ley se entiende por “lesiones graves” a toda lesión que resulta en el deterioro del estado físico de la persona, dentro de las cuales se incluyen las siguientes:

  • Perder el conocimiento
  • Fractura
  • Perder algún miembro del cuerpo, tal como, dedos, brazo, o pierna
  • Desfiguración del rostro

Y cualquier otra que en sí implique un deterioro de la condición física de la víctima. Por ejemplo, dar una brutal golpiza a una persona y que esta quede en “knockout” es una acción que posiblemente acarreará un cargo a razón del delito al que nos referimos.

Ahora bien, el hecho punible objeto de análisis se considera lo que legalmente se le denomina un “wobbler” lo que significa que el Fiscal de la acusación, a su criterio, puede formular cargos como delito menor o mayor. Para determinar tal calificación, el Fiscal observará las circunstancias concretas del caso, tales como, si el acusado posee o no antecedentes penales, el grado de magnitud de la lesión que se causó, si el acusado actuó con crueldad, y cualquier otro factor que resulte determinante.

Agresión contra un agente del orden público

Este es otro de los delitos que guardan relación con la agresión simple y tiene lugar cuando se agrede (en los mismos términos expuestos en la agresión simple) a un sujeto que por su oficio o profesión, el Estado le brinda cierta protección. Algunas de las profesiones que se incluyen más no son limitativas de otras que también comprenden este delito, son las siguientes:

  • Agentes de la policía
  • Salvavidas
  • Bomberos
  • Médicos y enfermeros del servicio de emergencia

Un aspecto legal respecto del delito al que nos referimos es que, para que la ley atribuya las sanciones respecto de un hecho donde se agredió a una de estas personas que hacen parte de la categoría de agentes públicos, es necesario que la agresión haya ocurrido durante el ejercicio de las funciones de esa persona, de lo contrario, aunque posiblemente enfrente otros cargos, no será procesado en razón de este delito en específico.

Un escenario por el cual una persona puede ser procesada a razón de este delito, es la ocasión en que, durante una protesta, usted lanzó una piedra a un agente policial que intentaba mantener el orden público durante la misma. En este caso concreto, dado que la víctima fue un funcionario policial (sujeto protegido por la ley) que además se encontraba en el ejercicio de sus funciones, usted podría ser procesado por un cargo de este tipo.

Ahora bien, dependiendo de si la agresión causó o no lesiones corporales, la ley atribuye determinadas sanciones al hecho en concreto. 

Definición Legal del Asalto

Según lo define la disposición 240 del Código Penal, el asalto es un intento ilegal, teniendo capacidad actual, de ejecutar una acción violenta sobre otro individuo. Este delito es también conocido como asalto simple.

Ahora bien, definido el asalto en los términos antes expuestos, tal como lo hicimos con el delito de agresión, es necesario que pasemos a desglosar cada uno de los elementos del asalto para comprender sus aspectos legales.

A tales fines, pasemos a hablar sobre el intento ilegal de ejecutar una acción violenta sobre otro individuo. Un intento se define como hacer un esfuerzo o los pasos necesarios para lograr un objetivo o fin sin haberlo conseguido. En caso del delito al que nos estamos refiriendo ese “objetivo o fin” es causar una lesión a otra persona.

Bajo ese contexto, un cargo por asalto tiene lugar cuando una persona intentó causar lesiones violentas a otra persona sin haberlo logrado, es decir, este delito castiga la intención violenta, más no el hecho violento si este se produjo, ya que, esto último sería materia de un cargo por agresión.

De igual forma, la ley menciona la capacidad actual como uno de los elementos que deben estar en el hecho para que una acusación por asalto sea procedente, pero ¿a qué se refiere dicho elemento? Básicamente el asalto requiere que, en el momento del hecho, el acusado haya tenido las condiciones, cualidades o aptitudes (especialmente físicas) de aplicar la fuerza sobre la otra persona. Caso contrario, si la persona no cuenta con la capacidad para producir lesiones, no podría dar lugar a una condena por asalto.

¿Qué sanciones se imponen como resultado de una condena por un cargo de asalto simple?

Una sentencia condenatoria en razón del delito al que nos referimos puede resultar en la aplicación de las siguientes sanciones:

  • Pena de prisión en una cárcel del condado por un periodo no mayor a 6 meses.
  • Libertad condicional informal.
  • Pagar multas cuyo valor no será mayor a $1.000.
  • Cumplir con servicio comunitario.

¿Qué delitos guardan relación con el delito de asalto simple?

Además del asalto simple, la ley prevé otros delitos que se relacionan con éste en virtud de que también implican asaltar a una persona, pero bajo supuestos concretos, estos son los siguientes:

Asalto con arma mortal

Cuando una persona asalta a otra (en los términos que explicamos anteriormente) empleando para ello un arma que se considere mortal, puede ser condenada en razón del delito al que nos estamos refiriendo.

Muchos de nuestros clientes han acudido a nosotros sorprendidos porque se les formuló una acusación de este tipo, sobre todo cuando en el hecho no estuvo involucrada ningún tipo de arma de fuego o blanca. Esto se debe a que la ley entiende por “arma mortal” a todo objeto que, por la forma en que se usó, pudo haber causado lesiones.

En ese contexto, un arma mortal puede ser una navaja, un cuchillo, pero también la punta de un tacón o un lápiz, siempre que se haya empleado de una forma en que probablemente pueda causar lesiones.

Una situación que nos sirve de ejemplo para explicar lo anterior, es la ocasión en que usted conduce un vehículo, va detrás de un ciclista que no se orilla para darle paso, y luego de varios intentos de sobrepasar al ciclista sin tener éxito, usted intencionalmente lo asusta tratando de golpear con su auto la bicicleta a fin de que se aparte de su camino. Este escenario puede dar lugar a una acusación por el delito al que nos referimos, tomándose como arma mortal al vehículo que usted conducía y con el cual empleó tal acción. 

Ahora bien, el asalto con arma mortal se considera un “wobbler” que, como lo referimos en líneas anteriores, significa que puede calificarse como un hecho punible menor o grave a criterio del Fiscal. En estos casos, para determinar dicha calificación el Fiscal observa los antecedentes penales, y demás circunstancias específicas del hecho, por ejemplo, el tipo de arma mortal que se utilizó.

Asalto contra un funcionario público

Este es otro de los delitos que se encuentra relacionado con el asalto simple, y consiste en cometer el asalto (en los términos que referimos en el asalto simple) contra una persona que ejerce funciones públicas o de su familia inmediata, a fin de evitar que éste lleve a cabo sus funciones oficiales.

La disposición 217.1 del Código Penal de California comprende muchas funciones públicas cuyo asalto a las personas que la ejercen, tendrá lugar a un cargo de este tipo, entre las cuales se encuentran las siguientes:

  • El presidente
  • El vicepresidente
  • El gobernador de cualquier Estado
  • Los Jueces
  • Los Fiscales
  • Miembros de un jurado judicial

Al igual que otros de los delitos que hemos explicado, el asalto de este tipo también constituye un “wobbler” a criterio del fiscal asignado al caso, quien observará las particularidades de este y considerará los antecedentes criminales del acusado (en caso de que tenga).

¿Cuál es la diferencia entre el asalto y la agresión?

Poder distinguir entre ambos delitos resulta confuso principalmente por la línea delgada que se tiene para diferenciar uno del otro, lo que hace que, muy frecuentemente, se empleen ambos términos como sinónimos entre sí.

La diferencia entre estos dos delitos es que el asalto implica una acción que se emplea para tratar de aplicar fuerza contra una persona que pueda conllevar a una lesión, mientras que la agresión, es verdaderamente emplear la fuerza física contra otro individuo. En palabras más sencillas, un asalto es un intento de agresión.

En ese contexto, y a fin de que se comprenda mejor lo anterior, podemos establecer dos diferencias a saber entre estos delitos:

  • El asalto no requiere contacto físico entre el asaltante y la víctima, pero la agresión sí requiere que el agresor al menos toque a la víctima.
  • El asalto es un intento de emplear violencia sobre la víctima, mientras que en la agresión debe ocurrir la violencia.

Por ejemplo, si usted lanza un puñetazo y golpea a la víctima se configuraría una agresión, en cambio, si la víctima lo esquiva sólo generaría un cargo por asalto.

¿Qué estrategias de defensa comúnmente se emplean para combatir cargos de asalto y agresión?

Una acusación, bajo cualquier cargo que se formule, es una situación abrumadora para quienes se enfrentan a la posibilidad de tener que pasar un tiempo tras las rejas, sin embargo, una situación legal no siempre debe terminar en ello, ya que, durante el juicio, un abogado en su nombre y representación, puede ejercer defensas a su favor para ayudar a mitigar los efectos negativos de una sentencia o, en el mejor de los escenarios, lograr que se demuestre su inocencia.

No obstante, para aplicar dichas defensas, es necesario evaluar las circunstancias y detalles específicos que rodean el caso, a fin de determinar cuál de las posibles defensas es más viable para el caso en concreto, de manera que, no es correcto, y de hecho es muy peligroso, emplear defensas tan a la ligera.

Ahora bien, algunas de las estrategias de defensa que más se utilizan son propias de cada delito y de las cuales, por ser muchas, no podremos abarcar a detalle en este artículo. Sin embargo, queremos explicarles algunas de las más generales y usualmente aplicadas para ambos delitos, dentro de las cuales se incluyen las siguientes:

Falsas acusaciones

En virtud de que bajo los supuestos que la ley prevé sobre la agresión, no se requiere que la víctima haya sufrido una lesión y solo basta con que haya habido un contacto dañino u ofensivo, y que, en caso del asalto solo se limita a un intento y no la violencia en sí, es muy sencillo formular cargos falsos para satisfacer los deseos de venganza, la ira, o los celos, lo cual es muy frecuente en estos casos.

Sin embargo, dado que el Fiscal tiene la carga de probar los elementos de procedencia del delito, y en dichos casos las pruebas que se presentan usualmente son débiles, su abogado defensor puede apoyarse en ello y señalar al jurado los puntos débiles de las pruebas, y además podrá aportar otras que demuestren la verdadera intención de la víctima, que en algunos casos puede ser: mensajes de texto de la víctima amenazando al acusado de formular cargos, testigos que den fe de que aquello que afirma la víctima es falso, o coartadas sólidas que ayuden a demostrar que usted nunca estuvo en el lugar el día y a la hora en la que sucedieron los hechos. 

Legítima defensa

Esta defensa consiste en alegar que usted cometió el hecho a fin de protegerse a sí mismo o a un tercero frente a un peligro inminente.

Bajo una situación de legítima defensa usted razonablemente sintió que podía ser lesionado de alguna forma, y a fin de evitar dicho resultado, empleó las acciones de las cuales se le acusa. No obstante, para que esta defensa tenga éxito, es necesario que se demuestre que la fuerza que se empleó no fue excesiva, sino la necesaria para detener el peligro.

Un ejemplo de una situación de legítima defensa es el escenario en que una persona lo intenta golpear y usted lo empuja al suelo a fin de evitar que lo lesionaran.

Si su abogado defensor logra probar esta defensa, muy posiblemente el Juez desestime sus cargos y usted se evitaría sufrir las consecuencias de una sentencia condenatoria.

Asumir un compromiso civil para evitar sufrir sanciones

Una forma de terminar con el proceso y que sus cargos sean desestimados, es pactar un acuerdo de asumir un compromiso civil que usualmente incluye compensaciones económicas a la presunta víctima.

Un abogado podrá representarlo ante la víctima para lograr este acuerdo que, de aceptarse, y una vez usted cumpla con los términos que en él se hayan establecido, la víctima no podrá acusarlo nuevamente por el mismo hecho.

Conseguir un abogado de leyes criminales en Los Ángeles, CA

Enfrentar un proceso legal es una situación bastante abrumadora, sin embargo, y muchas veces por temor los acusados no saben cómo actuar. Investigar sobre su situación es una buena opción para empezar, pero debe tomar la acción de contratar a un abogado, pues entre más pronto lo haga, mayores son sus posibilidades de lograr una sentencia favorable.

Si usted está enfrentado cargos en Los Ángeles por un asalto o agresión y quiere evitar las repercusiones legales que una condena trae consigo, necesita contactar rápidamente con The LA Criminal Defense Law Firm para que uno de nuestros abogados de asalto y agresión evalúe su caso en específico y le proporcione la mejor defensa posible. Puede comunicarse con nosotros llamando al 310-935-1675 para obtener una consulta gratuita con un abogado especialista. ¡Llame ahora mismo!