La orden de alejamiento o restricción de forma permanente es un tipo de orden de carácter únicamente judicial que le proporciona a una persona el poder prevenir el acoso o abuso. Se le ordena al individuo que deje de mantener comunicaciones y/o acercarse a la otra persona o personas. California promueve varios tipos de órdenes de alejamiento. Sin embargo, la de carácter permanente se considera la más severa por las consecuencias que conlleva y por su duración tan prolongada .

 Uno de esos efectos graves podría implicar en que algún Juez en el Estado de California formule la orden de alejamiento de carácter permanente en contra de usted, esto conlleva a perder el derecho de custodia en su totalidad con sus hijo/as o a quien se le esté impidiendo su presencia y/o cualquier contacto directo ante ellos. Por este motivo, es necesario que usted lleve a consultar su respectivo caso con algún abogado en Los Ángeles lo más pronto posible. En The LA Criminal Defense Law Firm disponemos con un grupo legal especializado en estos casos, dispuestos a ofrecerles la mejor orientación y asesoría que usted tanto necesita.

¿Que se considera como una orden de alejamiento permanente? 

En líneas generales, la orden de alejamiento de carácter permanente es un tipo de orden que solo puede ser tramitada por algún tribunal que da a conocer al sentenciado el impedimento a seguir realizando ciertas acciones. Sin embargo, una orden de alejamiento también puede ser temporal.

La orden de alejamiento de carácter temporal frecuentemente entra en acción de forma inmediata tras el trámite realizado por el tribunal y con una corta duración  (Normalmente entre 20 a 30 días). El objetivo de la orden de alejamiento de carácter temporal es evitar todo tipo de daño en contra de la persona protegida mientras se realiza la audiencia definitiva, en donde se valore la posibilidad de emitir una orden permanente basada en pruebas y testimonios.

Como se ha mencionado anteriormente, en dicho Juzgado, el tribunal determinará si es necesario que una orden de alejamiento de carácter temporal deba ser cambiada por una de carácter permanente, pero no podrá ejecutar ninguna acción hasta que el individuo que está restringido pueda presentar argumentos que considere convenientes sobre la medida impuesta.

En cambio, la orden de alejamiento de carácter permanente, también llamada como “PRO”, cuenta con una duración mucho mayor y puede mantenerse por años. Frecuentemente se usa como medio para la protección contra acciones que indiquen el abuso familiar, abuso sexual, abuso infantil, acoso, entre otros hechos ilícitos que entran en los casos referentes a la violencia intrafamiliar.

¿Qué requisitos se deben tener en cuenta para que algún tribunal en California realice los trámites de la orden de alejamiento de carácter permanente? 

En el Estado de California, cualquier persona que requiera protección por medio de la orden de alejamiento de carácter permanente debe evidenciar que el otro individuo cometió una o varias acciones en contra suya . Añadiendo que tiene que existir una relación entre las personas involucradas previo a que alguna de ellas quiera realizar una petición ante una autoridad judicial y que ésta tramite la orden.

Teniendo en cuenta lo anterior, para que algún tribunal en el Estado de California tenga en consideración un caso y puedan determinar si realizan el trámite de la orden de alejamiento de carácter permanente, se tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Tiene que ser claro que alguna de las personas involucradas haya cometido algún tipo de abuso o debió realizar una amenaza de abusar a la otra persona.
  • Las partes involucradas deben tener una cercana relación, como un cónyuge, novio o novia, conviviente, algún individuo con quien haya tenido uno o varios hijos, algún familiar cercano, etc.

Debe tener en consideración que en el término de “Abuso” se pueden incluir una cantidad muy amplia de actitudes,  algunos ejemplos serían: agredir al individuo, abusar sexualmente, amenaza de daño o de muerte, acoso, perturbación de su paz, la destrucción de propiedad personal, etc.

De conocer que alguna de estas condiciones se cumple, la víctima del caso podrá solicitar la orden de alejamiento de carácter permanente y un juez examinará el caso en particular.

¿Cuánto puede durar la orden de alejamiento de carácter permanente?

La orden de alejamiento de carácter permanente (PRO) realmente no es totalmente permanente porque generalmente tiende a durar un máximo de 5 años. No obstante, antes que pueda finalizar el lapso que se le haya estipulado por un juez, el individuo que posee la protección por la orden puede generar otra nueva orden y así prolongar el tiempo aún más. Para que esto pueda realizarse, solo basta con que considere que el individuo restringido siga siendo un riesgo para su integridad, la de cualquier familiar cercano o hijos.

¿Qué términos son los que frecuentemente establecen a la orden de alejamiento de carácter permanente? 

  • El cumplimiento del pago de manutención a su pareja o cónyuge.
  • La abstención de las visitas a las instituciones educativas donde estudian sus hijos.
  • Mantener una distancia significativa con relación al individuo protegido.
  • El cambio de residencia si se convive junto al individuo protegido.
  • El abstenerse de intentar algún tipo de comunicación con el individuo protegido, esto puede ser tanto presencialmente como por redes sociales, por teléfono, correo electrónico o físico, etc. Estas limitaciones también se extienden con sus familiares cercanos e hijos.
  • La prohibición de tomar acciones que tengan que ver con una inversión o gasto que afecte la situación económica de las partes involucradas.
  • Completar algún curso que tenga que ver con la reeducación con una duración de 50 semanas o la asistencia a grupos que otorguen clases de cómo manejar la ira. Existen casos en el cual el tribunal llega incluso a ordenar el sometimiento a un chequeo psicológico mediante algún terapeuta calificado.
  • La entrega de ciertas propiedades características como podría ser el auto familiar.
  • Exigencia de pagos con algunas facturas del hogar como podrían ser los servicios públicos o alquiler.     

Por otra parte, cuando un individuo se encuentra sometido a la orden de alejamiento, se le impide adueñarse y poseer cualquier tipo de arma. Si el individuo restringido tiene en su poder algún arma, tendrá que venderlas o entregarlas, ya que mientras se mantenga vigente la orden no podrá tener en su posesión ningún tipo de arma. Sin embargo, si necesita la posesión de algún arma de fuego debido a su trabajo, se le podría otorgar el permiso bajo alguna condición particular.

Con respecto a esto, es necesario que conozca estos siguientes puntos:

  • La orden de alejamiento de carácter permanente no podrá establecer la responsabilidad de la paternidad sobre un menor de edad con el individuo restringido si las personas involucradas no conforman una pareja que esté registrada con la Secretaría de California o de no estar casados. Esta excepción solo se llevaría a juicio si ambas partes están de acuerdo por conseguir la paternidad.
  • La orden de alejamiento de carácter permanente no podrá romper el matrimonio entre las partes involucradas, ya que esto solo podría suceder si se adelantan los trámites respectivos del divorcio.

¿Cómo se lleva a cabo el proceso previo de la orden de alejamiento de carácter permanente?

Un tribunal debe anunciar la orden de alejamiento de carácter permanente luego de llevar a cabo su respectiva audiencia en donde el juez determinará si es necesaria la protección extendida. Generalmente la verificación de las pruebas por parte de alguna audiencia sobre una orden de alejamiento de carácter permanente varía dependiendo de la clase de orden realizada, y las partes involucradas tienen el derecho de intervenir durante todo el proceso judicial.

Es necesaria su presencia con la respectiva audiencia. Porque al momento en donde la autoridad jurídica esté revisando si imponer la orden de alejamiento de carácter permanente contra usted, es importante que se encuentre presente. De no asistir a dicha audiencia, no podrá tener el derecho de objetar o presentar su punto de vista de los sucesos, lo que genera en que haya más posibilidades de que un tribunal apruebe la solicitud de la otra persona involucrada y la emita inmediatamente.

Teniendo en cuenta lo dicho anteriormente, las órdenes de alejamiento de carácter permanente generalmente duran hasta un máximo de 5 años, no obstante, si no se emite alguna fecha para la terminación de la orden, la duración de la misma solo sería de 3 años desde la fecha establecida.

¿Cómo se debe actuar en el caso de ser citado en una audiencia?

Se debe saber que en una audiencia la única persona que decidirá si realizar la orden o no es el juez. Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario que conozca las medidas presentadas a continuación: 

  1. Abstenerse de todo intento de comunicación con el individuo protegido

Es necesario que no tenga ningún tipo de contacto con el individuo protegido. Existen ocasiones en donde el individuo protegido es quien busca un contacto o quien quiere comunicarse con la persona que ha sido restringida por una orden. Si ese es su caso, no debe responder.

Por otra parte, si el individuo protegido se ubica en cierta zona y usted conoce eso, debe abstenerse de ir a esa zona. En caso de encontrarse en ese lugar, lo preferible sería que abandone dicho lugar.

Hay que mencionar que existen ocasiones en las cuales los hijos forman parte de la orden impuesta. Si ese es el caso, posiblemente no le permitan tener ningún tipo de contacto ni comunicación con los menores de forma parcial o total.

  1. No usar a terceras personas para comunicarse con una persona protegida 

 Al comunicarse con el individuo protegido mediante una o varias terceras personas se considera también como un contacto y por lo tanto una infracción a lo impuesto por una orden. Por esa razón, utilizar familiares cercanos, amigos en común o incluso menores de edad como intermediarios, es una de las primeras cosas que tiene que evitar.

  1. Evitar por completo cualquier contacto indirecto

Un contacto indirecto podrían ser las redes sociales, como también cualquier otra plataforma digital. No envíe ni publique ningún mensaje que esté dirigido al individuo protegido por cualquiera de los medios indirectos.

  1. Buscar la asesoría del caso con algún abogado calificado para argumentar la defensa

Si posee algún tipo de evidencia que le beneficie, ya sea fotografías, documentos o testigos, debe avisarle a su respectivo abogado defensor de forma inmediata. Asegurando que su explicación sea precisa y detallada para que sea del conocimiento de un tribunal. Pero por encima de todo, debe trabajar junto a su abogado defensor y que este disponga de una amplia experiencia trabajando en estos casos.

 En resumen, tenga presente lo primordial que es no violar la orden de alejamiento, porque de no cumplirla se enfrentara a sanciones penales tales como la cárcel por un tiempo, el pago de multas cuantiosas o un llamado de atención por el incumplimiento de una orden jurídica.

¿De qué forma puede afectar la orden de alejamiento de carácter permanente a un individuo?

La persona que recibe una orden de alejamiento de carácter permanente se convierte en un individuo restringido, quien deberá enfrentarse a un conjunto de cambios importantes en su vida. Cuando un individuo está sujeto a la orden de alejamiento de carácter permanente, el tribunal fijará un conjunto de limitaciones llegando al punto de no tener el derecho de visitar ciertas zonas, y tampoco tendrá el derecho de comunicarse con su familia después de haberse efectuado la mudanza. En ciertas ocasiones, el tribunal sugiere que el contacto con los menores solo se realice bajo estricta supervisión, esto quiere decir, que, si el individuo restringido quiere tener contacto con sus hijos, solo lo podría hacer si tiene un supervisor contratado para su respectivo encuentro. De no poder cancelar el sueldo del supervisor, el tribunal le prohibirá al individuo restringido el contacto con sus hijos.

Por otra parte, el individuo restringido tendrá que responsabilizarse en un pago de remuneraciones legales y desde ese momento se le va a dificultar bastante la posibilidad de encontrar empleo. Lo anterior hace referencia a que todas las agencias empleadoras poseen el acceso a todos los registros gracias al Centro Nacional de Información Criminal, el cual almacena todos los informes de todos aquellos que hayan cometido cualquier delito, en donde se incluyen a los individuos que tengan órdenes de alejamiento.

Las agencias de empleo frecuentemente evitan a los individuos que hayan sido considerados una amenaza relevante para la integridad de alguna persona. Sumado al hecho de que el individuo restringido no tendría la posibilidad de laborar junto al gobierno en cualquiera de sus funciones.

Del mismo modo, un individuo con alguna orden de alejamiento de carácter permanente no podrá adoptar a menores de edad. En tal caso de que el individuo tenga un empleo, lo más seguro es que sea despedido, principalmente si su puesto era en una institución educativa, añadiendo el hecho de no poder aspirar a cargos electorales. 

¿Es posible cambiar una orden de alejamiento de carácter permanente?

 La posibilidad existe. Debido a que las órdenes de alejamiento de carácter permanente se pueden renovar, modificar o prolongar con ciertas disposiciones adicionales, no obstante, solo se podrá generar este cambio si la víctima así lo decide.

El demandante deberá presentar una respectiva solicitud ante algún juez, quien después procederá a analizar la respectiva orden de alejamiento con el fin de realizar los cambios pertinentes. Si algún menor se encuentra involucrado en una orden de alejamiento, el juez tendría que tomar decisión guiándose del estándar de interés de carácter superior para el menor, lo que significa que, lo más conveniente para él.

 Sin embargo, en ciertas ocasiones el individuo restringido también podría solicitar la modificación de la orden de alejamiento y posiblemente tendrá que presentar ciertas pruebas dando a entender que la modificación no repercute en ningún riesgo mayor. Un ejemplo de una modificación podría ser que se permita al individuo restringido mantener contacto con sus hijos bajo supervisión estricta.

¿La orden de alejamiento de carácter permanente se puede retirar?

El trámite es muy complicado, pero existen ocasiones en donde la orden de alejamiento de carácter permanente se pueda retirar o levantar. La razón es porque el concepto “permanente” no necesariamente significa que una orden de alejamiento dure para siempre. 

Generalmente, el término “permanente” solo significa realmente que la respectiva orden de alejamiento es ejecutada en un lapso de tiempo particular por medio de un tribunal o por cualquiera de las personas involucradas que requiera un cambio. Debe recordar que la duración máxima de una orden de este estilo es de 5 años. No obstante, contará con la posibilidad de prorrogar más tiempo si se considera que aún existe un riesgo para la persona. Tome en consideración que, si no existe ninguna solicitud para extender la respectiva orden, se tomará por expirada.

 Un individuo que está sujeto a la orden de alejamiento de carácter permanente tiene el derecho de realizar una solicitud con la finalidad de que se le retire la respectiva orden, lo que solo se podrá realizar mediante un proceso jurídico. Sin embargo, para que pueda llevarse a cabo esto se deberá proporcionar evidencias ante el tribunal que puedan demostrar que el individuo se encuentra rehabilitado, un ejemplo podría ser el certificado de culminación en algún curso de reeducación o asesoramiento. También es necesaria la aprobación de la respectiva víctima del caso y/o sus hijos de la propia víctima, si es que algún menor está involucrado junto al caso.

 En resumen, es sumamente importante que el individuo restringido porte las suficientes evidencias para corroborar un cambio de comportamiento que pueda justificar el retiro de la orden de alejamiento. Sin embargo, solo el tribunal será el encargado de analizar todas estas evidencias y así pueda tomar una decisión con el caso al aceptar o negar la petición de retirar orden de alejamiento de carácter permanente.

¿Qué sucede si el individuo restringido infringe su orden de alejamiento de carácter permanente? 

 En el Estado de California, infringir alguna orden de alejamiento de carácter permanente se considera un hecho ilícito menor. No obstante, en ciertos casos el hecho ilícito puede generar un “wobbler”, lo cual le daría a un fiscal el derecho de imponer cargos como un delito mayor o menor. Si el individuo registra alguna condena por infringir alguna orden de alejamiento o que haya cometido alguna acción violenta mientras infringía la respectiva orden, el hecho ilícito pasaría a ser un “wobbler”. 

Por otro lado, si la decisión del fiscal es formular cargos por un delito mayor por infringir alguna orden de alejamiento de carácter permanente, el individuo tendrá que enfrentarse a duras sanciones. Las cuales contienen multas hasta un máximo de diez mil dólares (10.000$). Otras sanciones adicionales podrían ser la pena de cárcel hasta un periodo de 3 años.

¿Qué defensas legales se pueden utilizar ante cualquier acusación por infringir la orden de alejamiento de carácter permanente?

Cuando la acusación del fiscal se ejecute, un abogado defensor le puede brindar su ayuda en contra de dicha acusación. Estas podrían ser algunas estrategias que el abogado puede utilizar en su defensa:

No es legítima la orden

Solo se puede culpar de una infracción de una “PRO” cuando la orden emitida es legal. Debe tener una base sólida para que algún juez realice una orden de alejamiento de cualquier tipo en contra suya. Como, por ejemplo, que el acoso, las amenazas o el riesgo de la integridad de la respectiva víctima hayan sido evidentes. También el tribunal tiene que darle una oportunidad de argumentar u oponerse ante una “PRO” mediante la audiencia pertinente. Si no hay ninguna base sólida que pueda sustentar la ejecución de una “PRO”, entonces no habría motivos para generar una condena en su contra.

Ignorancia con respecto a la orden en cuestión

Otro posible argumento defensivo radica en evidenciar que desconocía por completo la realidad de una orden en contra suya. Uno de los requerimientos para que una orden de este tipo se efectúe, el individuo acusado debe tener en su conocimiento la realidad de dicha orden. Es decir, el tribunal o el respectivo abogado de la víctima tienen que notificarle la existencia de la orden. Tiene el derecho de analizarla y entender sus términos y condiciones. No obstante, incluso cuando el individuo no ejerza su derecho para analizar la orden, seguiría siendo culpable.

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