Con frecuencia, las personas suelen asumir que el hecho de que un joven esté vinculado en la comisión de un tipo de delito es una circunstancia irrelevante, lo cual es un total error, puesto que incurrir en delincuencia juvenil es una situación sumamente delicada, dado que el suceso de que un individuo cuya edad aun no es de dieciocho años este acusado de violar la ley, no lo libera de asumir su responsabilidad legal, y por ende su deber de responder ante la justicia.

Un menor al igual que un adulto, es considerado como sujeto de derecho, por ende es titular tanto de derechos, como de obligaciones y cuando afronta una situación de esta índole será llevado ante la autoridad competente para que se inicie un proceso judicial en su contra, con el propósito de que se demuestre si efectivamente cometió o no los delitos que se le imputan y en caso de ser afirmativa la respuesta, el Juez proceda a dictar una sentencia para corregir su conducta. Ahora bien lo que sí debe aclararse es que este sistema, no es tan severo como el de adultos y su objetivo principal no es castigar sino rehabilitar y orientar al menor.

Al tratarse de un menor, el que se encuentra envuelto en un proceso judicial, sus padres y/o representantes, también poseen derechos y deberes, que deben ser garantizados y respetados durante todo el proceso judicial. Este punto es sumamente importante, puesto que  no hay situación más alarmante para un padre o el responsable legal de un menor, que ver que la vida y el futuro de su hijo y/o representado está en juego, y esto lo hará a hacerse repetidamente la misma pregunta ¿Qué hacer para ayudarlo a Salir de tan problemática circunstancia?, y para esto juega un papel fundamental contar con la asesoría de un abogado, que lo asesore, le indique sus derechos y así saber cómo intervenir en el procedimiento a fin de brindar su mayor colaboración posible.

Si está en  Los Angeles, CA y su hijo fue detenido por la autoridad competente, al verse envuelto en la presunta comisión de una conducta delictiva, es fundamental que conozca los Derechos de los Padres en Casos Juveniles, para así asegurarse de que los mismos sea garantizados y poder ayudar a su hijo a enfrentar esta dura etapa. Con relación a esto, le  sería de gran ayuda la colaboración de un abogado de la firma The LA Criminal Defense Law Firm, dónde están los profesionales con mejor capacitación en cuanto a la materia, calificados para orientarlo y ofrecerles sus servicios durante el avance de todo el proceso legal, el cual vigilará que se respeten sus garantías legales así como las del menor, luchando siempre en su conjunto por demostrar su inocencia u obtener que las medidas que el Juez decida implementar no lo perjudiquen severamente.

¿Que abarca un caso de Delincuencia Juvenil?

En el estado de California, cuando algún menor lleva a cabo un crimen, el mismo debe ser procesado por la corte juvenil, la cual posee una jurisdicción distinta a la establecida para una corte de adultos y además también cuenta con terminología y procedimientos diferentes.

Luego de se ejecuta la detención de un menor, el agente policial encargado puede remitirlo a un centro especial de menor, y el agente de libertad provisional se encargará de decidir si el mismo debe ser enviado a su hogar con un aviso de comparecencia para que regrese posteriormente o lo dejará bajo custodia en determinado centro destinado a menores hasta que llegue la fecha de comparecencia ante la corte.

Un proceso judicial de menor está conformado por varias audiencias judiciales, entre ellas la de detención, donde se establece si el joven debe permanecer bajo custodia en un reclusorio especial o puede marcharse a su hogar hasta que finalice el caso y el Juez dicte una sentencia, de transferencia, donde se concluye si el caso debe ser procesado por la corte de menores o la de adultos, de adjudicación, equivalente a un juicio donde las partes deben presentar la evidencia y rendir su testimonio y de disposición equivalente al dictamen del fallo, donde el Juez está obligado a tomar una decisión sobre aceptar o rechazar la petición (acusación) formulada por el fiscal.

¿Tienen algún derecho tanto  los padres como los representantes de algún menor que está siendo procesado por la comisión de un delito, durante el proceso judicial?

Si, cuando existe un indicio de que algún menor llevó a cabo un crimen, el mismo debe ser juzgado de acuerdo a lo establecido por el denominado sistema juvenil de justicia. Generalmente los casos vinculados con menores son conocidos por una corte de menores, sin embargo en determinados escenarios es probable que el mismo sea enjuiciado como un adulto y por ende sea precisamente una corte de adultos la que se ocupe de emitir una sentencia en su contra.

En el supuesto de que un menor efectivamente sea procesado por la corte de menores, sus padres poseen una serie tanto de derechos que deben ser garantizados, los cuales se detallaran adelante:

  • Derecho a ser notificados sobre la detención del menor
  • Derecho a que su hijo sea representado por un abogado.
  • Derecho a ser notificados sobre las garantías que de acuerdo a la constitución posee el menor.
  • Derecho a que el procedimiento judicial sea confidencial.
  • Derecho a asistir a todas las audiencias y fases del proceso judicial vinculado al menor.
  • Derecho a marcharse a su hogar con el menor, mientras se define el caso.
  • Derecho a examinar los archivos judiciales así como los informes presentados por el agente de libertad provisional.

Derecho a ser notificados sobre la detención del menor

Cuando se efectúa la detención de un menor por supuestamente haber infringido la ley, la autoridad policial se debe  ocupar de remitirlo a un reclusorio especial diseñado para menores o de ponerlo a disposición del agente de libertad provisional. Cualquiera que sea el escenario, sus padres y/o representantes deben ser informados sobre dónde se encuentra ubicado este.

Es decir que si un menor fue detenido, sus padres y/o representantes deben ser informados sobre tal situación, dado que estar al tanto de esto permitirá solicitar asesoría, así como representación legal idónea. No obstante esto no significa que los padres y/o representantes tengan el derecho de presenciar el interrogatorio efectuado al menor.

Continuando con el punto, luego de que un padre es notificado sobre la detención de un menor, el mismo tendrá derecho a visitarlo si está recluido, sin embargo se debe tener presente que dichas visitas no se consideran confidenciales, dado que los salones de interrogatorios tiene cámaras de seguridad que se encargan de documentar la conversación establecida entre el menor y sus padres.

Derecho a que su hijo sea representado por un abogado

Lo idóneo es que un menor involucrado en la ejecución de un acto delictivo cuente con el respaldo de algún abogado inmediatamente después de la detención. No solicitar ayuda legal a tiempo puede repercutir de forma negativa y directa sobre la decisión del caso. Por lo tanto , si un menor es puesto en manos de la justicia, sus padres y/o representantes poseen la potestad de solicitar asistencia legal, de acuerdo a la norma 627.5 contemplada por el Código de Bienestar e Instituciones.

Se debe considerar que contactar a un abogado, resulta un punto base para obtener resultados más favorables en relación a un proceso judicial. Un abogado preparado que cuente con una trayectoria en casos similares, se ocupará de evaluar la situación cautelosamente, llevará a cabo entrevistas a los testigos y recopila la evidencia requerida para fundamentar una defensa efectiva.

En todo escenario, es relevante que el abogado contratado sea profesional y pertinente para conducir el caso vinculado con un menor, lo cual puede corroborarse examinando su experiencia y preparación en cuanto a casos procesados ante la corte de menores, lo que le permitirá atacar la petición (acusación) presentada por la fiscalía de forma idónea y por ende obtener buenos resultados para el caso.

Derecho a ser notificados sobre las garantías que de acuerdo a la constitución posee el menor

Cuando un menor es detenido por violar la ley, la corte juvenil se encargara de procesarlo, pero sus padres y/o representantes, poseen el derecho de ser informados sobre los derechos que consagra la constitución para un menor  una vez efectuada la detención.

La corte juvenil asume los casos relacionados con  menores cuya edad se encuentra entre los doce y los diecisiete años, quienes en su mayoría están a cargo del cuidado de sus respectivos padres y/o representantes, quienes tienen el deber garantizar que no se vulneren sus derechos y garantías.

No obstante, el supuesto de que un determinado menor sea procesado por el sistema de justicia juvenil, acarrea la necesidad de que tanto sus padres como sus representantes, conozcan las garantías que el menor y ellos poseen,  para de esta manera poder ayudarlo, y orientarlo y así evitar que incurra en errores incensarios como auto incriminarse movido por el temor.

Algunos de los derechos consagrados para un menor que ha sido puesto en manos de la justicia por cometer un acto ilícito son:

  • La autoridad policial debe contar con alguna causa probable, a efectos de detener o registrar a un menor.
  • En el escenario de que el menor sea detenido, y existan bajas posibilidades de que el mismo sea puesto en libertad rápidamente, la ley autoriza que el mismo utilice un teléfono y realice una llamada.
  • Los agentes de la policía deben notificar al menor sobre los delitos que se le pueden imputar a penas se efectúe la detención.
  • El menor posee el derecho a gozar de la representación de algún abogado ante la corte.
  • El menor posee el derecho de que sea demostrada la acusación formulada en contra suya por la fiscalía más allá de toda duda razonable.
  • El menor está en potestad de interrogar a todos los testigos llamados a rendir su testimonio en contra suya.

Derecho a que el procedimiento judicial sea confidencial

Como ya se comentó anteriormente, el sistema de justicia juvenil posee un modo de funcionamiento diferente al que tiene el sistema de justicia de adultos. Mientras que la corte de adultos busca castigar a los infractores de la ley, la corte de menores busca orientarlos y rehabilitarlos a través de la imposición de medidas disciplinarias, esto debido a que la corte de menores busca dictar una sentencia que se acople al interés superior de un joven, por ende sus padres y/o representantes están en el derecho de pedir que el proceso judicial se desarrolle de forma privada y confidencial.

Con respecto a esto, son varias las ventajas que pueden obtenerse cuando se mantiene la privacidad de las audiencias, una de ellas es que pueden disminuirse visiblemente el choque negativo sobre la vida a futuro de un menor así como el escándalo social que se desprende como resultado en estos escenarios.

Sin embargo esta no es la única ventaja que conlleva mantener la confidencialidad de un caso de menores, existen varias, como lo son:

  • La privacidad de todas las audiencias protege la reputación e integridad de un menor, esto se debe a que la colectividad no requiere acceder ninguno de los detalles vinculados con un delito. Esto a su vez ayuda a prevenir el escándalo social y la mala reputación que posiblemente repercuta de forma negativa sobre el autoestima de un menor.
  • La privacidad de todas las audiencias, así como los resultados de un caso colabora con el hecho de que un joven pueda acceder a mejores oportunidades laborales a futuro. Sobre todo tomando en cuenta que durante la etapa de juventud un sujeto puede incidir en errores, sin embargo esto no debe implicar que el mismo deba lidiar con las consecuencias de tales errores durante su vida de adulto y aún más cuando logró rehabilitarse y dejar atrás su vida criminal.
  • La privacidad de todas las audiencias, limita que la colectividad acceda a información con el propósito de utilizarla en contra del menor o de  su grupo familiar, esto se debe a que existe la posibilidad de que durante los procedimientos judiciales de menores se toque información concerniente a los miembros de su familia, que posteriormente alguien quiera usar para perjudicar al menor o a sus familiares.

Por otro lado, es necesario hacer mención de que el segmento 5.530 perteneciente Código Penal, estipula claramente que está prohibido el acceso del público en general a los procedimientos judiciales vinculados con menores, no obstante, tal norma señala taxativamente quienes están autorizados a asistir a la corte de menores y presenciar un procedimiento, quienes deben poseer un interés o intervención de forma en el asunto.

Pero también, existe la posibilidad de solicitar ante la corte que algún individuo en específico, presencie el proceso judicial vinculado a un menor, siempre que su presencia no repercuta negativamente sobre el caso.

Derecho a asistir a todas las audiencias y fases del proceso judicial vinculado al menor

Las fases judiciales desarrolladas durante un procedimiento tramitado ante el sistema de justicia juvenil son denominadas audiencias, las cuales como se mencionó son:

  • De detención: Donde se establece si el joven debe permanecer bajo custodia en un reclusorio especial o puede marcharse a su hogar hasta que finalice el caso y el Juez dicte una sentencia.
  • De transferencia: Donde se concluye si el caso debe ser procesado por la corte de menores o la de adultos
  • De adjudicación: Equivalente a un juicio donde las partes deben presentar la evidencia y rendir su testimonio.
  • De disposición: Equivalente al dictamen del fallo, donde el Juez está obligado a tomar una decisión sobre aceptar o rechazar la petición (acusación) formulada por el fiscal.

Los padres y/o representantes poseen el derecho de acudir a presenciar, todas y cada una de las audiencias para brindar su apoyo y colaboración al menor procesado.

Derecho a marcharse a su hogar con el menor, mientras se define el caso

En ciertos escenarios es probable que un padre y/o representante, tenga la potestad de llevar a un menor a su casa antes de que se concluya un caso y la corte dicte un veredicto, lo cual va a depender del estudio de varios parámetros.

Cuando un menor es detenido por algún agente policial y puesto bajo custodia, los padres poseen el derecho de que se celebre una audiencia llamada de detención, cuyo propósito es que la corte juvenil, establezca si un menor deba continuar recluido o si por el contrario puede irse a su casa mientras se decide el caso.

Alguno de los parámetros que deben evaluarse para determinar si un menor puede irse  a su casa o permanecer bajo custodia, son los siguientes:

  • Si el menor infringió una orden dictada por la corte de menores.
  • Si el menor ha huido de algún deber adquirido con la corte de menores.
  • Si el menor representa un potencial riesgo de escape.
  • Si es necesaria establecer una custodia de un menor para garantizar su protección o la de otro individuo.

Derecho a examinar los archivos judiciales así como los informes presentados por el agente de libertad provisional

Si bien los procesos judiciales vinculados a menores son privados y confidenciales, para resguardar su reputación, rechazando el escrutinio público en cuanto a sus registros delictivos, si un menor afronta problemas legales y por tal motivo es puesto a disposición del sistema de justicia juvenil, sus padres y/o representantes tiene derecho de examinar los informes emitidos por el agente de libertad provisional y los expedientes judicial concernientes al menor.

Para ejecutar tal acción, se debe solicitar ante la corte que autorice el acceso al archivo penal de un menor, en la cual se deben señalar los motivos que justifican la revisión de dichos archivos, y además se deben indicar puntualmente cuales son los expedientes a los cuales se quiere acceder, así como la relación que tienen con el caso de determinado menor y el parentesco existente entre el solicitante con el caso.

La corte se ocupará de evaluar la petición y decidirá si el solicitante podrá o no verificar los archivos. En el supuesto de que la misma sea aceptada, se permitirá la revisión de los archivos siguiendo un procedimiento que respalde que los intereses del menor, del solicitante y la colectividad no sean puestos en peligro.

Por otro lado, no solo los padres y/o representantes tienen derecho a examinar los registros de un menor, sino también:

  • El abogado defensor del menor.
  • Funcionarios de una escuela.
  • Abogados municipales, estatales y federales.
  • Oficinas de protección de menores.
  • Funcionarios que se encarguen de mantener el orden público.

¿Posee alguna obligación el padre y/o representante de un menor procesado por una corte juvenil?

Si, el padre y/o representante de un menor acusado de violar la ley, no solo tiene derechos sino también deberes, dado que tal cual establece la ley, los menores de edad deben estar bajo la vigilancia y cuidado de los padres. Esto no significa que un padre o el responsable de un menor deben responder penalmente por los delitos llevados a cabo por este, pero si debe responder económicamente ante la corte civil por los daños ocasionados por el menor.

Esto quiere decir que los padres y/o representantes, deben realizar el pago de daños compensatorios e indemnización para restituir a las víctimas del delito perpetrado por un menor a su cargo.

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Si la fiscalía presentó una petición en contra de  su hijo menor de edad, o cualquier otro menor a su cargo en Los Angeles, CA, un abogado de la firma The LA Criminal Defense Law Firm,  puede asesorarlo sobre los Derechos de los Padres en Casos Juveniles, y así despejar sus dudas e indicarle de qué forma colaborar con el menor e intervenir en el proceso judicial a efectos de que el mismo no resulte perjudicado y garantizar que sus intereses sean resguardados, llame cuanto antes al 310-935-1675 y podrá obtener una primera asesoría completamente gratuita, que además será impartida por un profesional caracterizado por tener una trayectoria extensa e intachable en casos similares.