Las leyes de California sobre armas son unas de las más estrictas en el país. Bajo dichas leyes ciertas personas tienen prohibido poseer armas, pero aún si no es una de esas personas usted debe cumplir con ciertas regulaciones, por lo que en algunos casos poseer ciertos tipos de armas puede resultar en un cargo que se castiga con tiempo en la cárcel.

Estas leyes pueden resultar confusas para algunos, porque si bien algunas armas están totalmente prohibidas por el Estado de California, otras solo son ilegales si se les realizan ciertas modificaciones, tales como: cambiar su munición o aumentar la capacidad del cargador, y además, no solo poseerlas es un acto punible, sino que también vender o fabricar un arma prohibida constituye un delito. Lo que conlleva a que muchas veces, el desconocimiento de la ley, lo enfrente a sanciones penales muy severas.

Por esa razón, en las siguientes líneas vamos a analizar todo lo que concierne a las armas prohibidas, a fin de facilitar la comprensión de estas leyes y que conozca los aspectos legales involucrados. Pero antes de comenzar debemos advertir que, si actualmente enfrenta un cargo por poseer, vender o fabricar armas prohibidas en California, lo más recomendable es que busque ayuda legal inmediata.

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¿Cuál es mi escenario legal si me acusan de poseer, vender o fabricar un arma prohibida en California? ¿A qué sanciones me enfrento?

Los cargos por cualesquiera de estas violaciones (poseer, vender o fabricar) se imputan según el artículo 16590 contenido en el Código Penal (PC por sus siglas en inglés), bajo dicho estatuto el cargo es un “wobbler”, lo que significa que puede presentarse como un delito menor o grave dependiendo de dos situaciones:

  1. Las circunstancias que rodean el hecho en concreto. Aquí se pueden tomar en cuenta muchos factores, tales como, la cantidad de armas que estaba en su posesión, si usó o intentó usar el arma contra alguien, si hirió a otra persona con la misma, si era personal o la estaba vendiendo y el contexto de los hechos. No se procesa igual a un acusado que representaba una supuesta amenaza para alguien con la posesión del arma peligrosa, que alguien que la tenía para protegerse a sí mismo si se llegase a sentir amenazado en algún momento.
  2. Antecedentes penales del acusado. Si tiene condenas anteriores por un delito sexual, grave, violento o relacionado con las armas, muy posiblemente lo imputen por un delito grave en lugar de un delito menor.

Ahora bien, independientemente de que se presenten cargos por un delito menor o uno grave, el escenario legal al que se enfrenta es muy severo. Por supuesto el grado de severidad varía dependiendo de si se trata de un delito menor o grave, pero en ambos casos se estaría enfrentando a pasar un tiempo significativo privado de su libertad, por lo que, por el uno o por el otro, igual existe cierta rigurosidad en el caso.

Así por ejemplo, si se presentaron cargos por un delito menor, la potencial sentencia puede incluir:

  • Hasta 1 año de cárcel del condado, y/o
  • Hasta $1.000 en multas.

Por su parte, si el Fiscal presentó los cargos como delito grave, las sanciones se incrementan en la siguiente medida:

  • Hasta 3 años de cárcel, y/o
  • Hasta $10.000 en multas.

Otra sanción a la que se enfrenta es la posibilidad de perder sus derechos a poseer armas de fuego, sin embargo, esto solo sucede si el cargo se presentó como un delito grave y además fue condenado o declarado culpable por el Juez.

Es muy importante saber que, si usted perdió sus derechos de armas, y posterior a ello lo encuentran en posesión de un arma, intentando adquirir o comprar alguna, o teniendo bajo su control un arma de fuego, tal acción constituye un delito en sí mismo, por lo que posiblemente se enfrente nuevamente a cargos penales.

Ahora bien, ¿cuáles son las armas cuya posesión, fabricación y venta dan lugar a estas sanciones? se lo respondemos en el siguiente apartado.

¿Qué armas están prohibidas en California?

La posesión de armas es un derecho constitucional amparado por la Segunda Enmienda, sin embargo, esto no significa que las armas son totalmente libres, contrario a ello, las personas en posesión de armas deben atenerse a las regulaciones vigentes, por lo cual existen ciertas restricciones a ese derecho.

Precisamente una de las tantas regulaciones en torno a las armas en California es la disposición legal 16590 PC, la cual tipifica un listado de armas generalmente prohibidas.

Este listado es bastante extenso, de hecho, va de la subdivisión “(a)” hasta la “(z), y no está limitado a armas de fuego, porque también señala armas blancas y armas que comúnmente se utilizan en las artes marciales. Son cinco las categorías en las que se pueden enmarcar las armas no permitidas, estas son:

Armas de fuego

Entre las armas no permitidas en California se incluyen las siguientes:

  • Escopetas y rifles con cañón corto
  • Una pistola no convencional
  • Un arma indetectable
  • Pistola de bolsillo
  • Pistola de tiro
  • Armas que no son inmediatamente reconocible

Equipos y municiones

No sólo las armas están prohibidas bajo el estatuto 16590 PC, sino que también hay equipos y municiones ilegales, entre estas se incluyen las siguientes:

  • Munición que contenga o consista en un dardo de flecha
  • Activador de gatillo de múltiples ráfagas
  • Una bala que contenga un agente explosivo
  • Estuches camuflados
  • Un cargador con gran capacidad

Armas blancas

Tal como lo mencionamos en líneas anteriores, las armas blancas también forman parte de las armas prohibidas en California, en esta categoría se incluyen:

  • Cuchillos calibradores de aire
  • Cuchillo balístico
  • Cuchillo con hebilla de cinturón
  • Cuchillo tipo estuche de lápiz labial

Armas utilizadas en las artes marciales

La ley a la que nos estamos refiriendo también prohíbe dos armas particulares que, por lo general, se emplean en las artes marciales, estas son:

  • Nunchaku
  • Shuriken

Otros tipos de armas

Hay otras armas que se excluyen de las demás categorías pero que también menciona la ley, estas son:

  • Un bastón con plomo o un instrumento o arma del tipo comúnmente conocido como billy, blackjack, saco de arena, club de arena, savia o tirachinas
  • Nudillos de metal o manoplas
  • Una granada de mano de práctica militar de metal o una réplica de granada de mano de metal

El ¿por qué? Estas armas son prohibidas tiene su fundamento en que, por el hecho de ser cortas, fáciles de ocultar o difíciles de detectar, representan una potencial amenaza para atacar de forma desprevenida y ello las hace muy peligrosas.

Ahora bien, cabe recordar, que como se mencionó en líneas anteriores, tanto poseer como fabricar y vender este tipo de armas no permitidas, constituye un delito bajo la ley que lo regula.

En ese sentido, algunos escenarios que son punibles por la ley son: tener una manopla en su bolsillo o en un llavero (aunque sea para ser utilizado como defensa personal), modificar un arma legal agregando un activador de gatillo de múltiples ráfagas (lo que la hace ilegal) o vender nunchaku o shuriken (estos últimos son las famosas cuchillas en forma de estrellas)

¿Qué pruebas se deben presentar en mi contra para que me declaren culpable de estos cargos?

Sencillamente la Fiscalía debe probar la concurrencia de los elementos del crimen que configuran este hecho punible en específico. Los llamados “elementos del crimen” son básicamente circunstancias o supuestos que, de encontrarse presentes en un mismo hecho, configuran un delito.

Cada hecho punible tipificado por las leyes tiene sus propios elementos que lo configuran, y en el caso específico de un cargo por posesión, fabricación o venta de armas prohibidas, los elementos que se deben probar son:

  • El acusado vendió, fabricó o estaba en posesión de un arma ilegal, y
  • El acusado sabía que lo que poseía se trataba de un arma o que podría utilizarse como tal

Adicionalmente, y sólo en los casos donde el cargo se presenta por fabricación para la venta, la posesión para la venta o la venta, también se debe probar el propósito de venta.

La Fiscalía debe probar todos los elementos “más allá de una duda razonable”, es decir, suficientemente, para que el acusado sea declarado culpable y en consecuencia sea castigado por su violación, lo que también significa que probar un solo elemento no basta, porque estos por separados no configuran el hecho punible, sino la coexistencia de todos en un mismo hecho.

A continuación se explica en qué consisten cada uno de estos elementos, ello con el fin de abordar aspectos legales de importancia.

El acusado vendió, fabricó o estaba en posesión de un arma ilegal

Sobre este elemento vamos a mencionar dos aspectos legales de importancia. El primero de estos es que, a los efectos de la ley, no sólo vender, fabricar o poseer un arma prohibida es punible, porque también lo es: importar al Estado, ofertar para su venta y prestar el arma. Por tanto, si usted publica en una red social la venta de llaveros de defensa personal con un cuchillo en estuche de labial y una manopla o presta un rifle de cañón corto a un amigo, tales acciones podrían dar lugar a estos cargos.

El segundo aspecto legal importante es que, de acuerdo con las leyes, el término “poseer” es más amplio de lo que parece, ya que comprende dos tipos de posesión: la real y la constructiva.

La posesión real es la que todos conocen e implica tener el arma consigo mismo, puede ser en sus manos, en un bolsillo o escondida en algún lugar de su cuerpo.

Por su parte, la posesión constructiva no requiere que la persona tenga el arma directamente sobre ella, ya que basta con que la misma sea encontrada en un lugar donde el acusado tenía control. Por ejemplo, su auto, su casa, el closet, un bolso que no estaba usando en ese momento o un casillero.

El acusado sabía que lo que poseía se trataba de un arma o que podría utilizarse como tal

Ahora bien, el simple hecho de poseer un arma prohibida no configura por sí solo el delito, sino que además debe comprobarse que usted sabía que el objeto era un arma o al menos conocía que el objeto tenía potencial para ser utilizado como un arma.

Por ejemplo, supongamos que Charlotte toma prestadas las llaves de su hermana Annalise de la residencia donde ambas viven, su llavero tiene una figura de gato que pareciera ser decorativa, pero que realmente es una manopla. Más tarde, un oficial de la policía detiene a Charlotte por conducir en exceso de velocidad y se da cuenta del particular llavero, por lo que Charlotte es procesada por sospecha de poseer un arma prohibida en California. En este caso en particular, el abogado de Charlotte puede alegar que la acusada no tenía conocimiento de que lo que pensó que era un accesorio, realmente era un objeto capaz de ser utilizado como arma. 

Propósito de vender

Si sus cargos son por fabricación para la venta, la posesión para la venta o la venta, el Fiscal acusador debe demostrar que el acusado tenía intención de vender las armas encontradas bajo su posesión. Esto se prueba sobre todo con indicios suficientes que hagan deducir que el fin último del arma era su venta.

Por último, se debe aclarar que, para que un cargo como este sea procedente no es necesario probar que usted tenía intención de usar el arma contra alguien, ni menos aún que esta se encontraba en buen estado de funcionamiento, porque independientemente de ello igual puede recibir una condena.

¿Hay excepciones bajo las cuales no sea aplicable el estatuto 16590 PC?

Ciertas personas y situaciones se excluyen de la aplicación de este estatuto, lo que quiere decir que en esos casos no es ilegal poseer un arma de las que están prohibidas en California, por ejemplo:

  • La posesión, transferencia o venta a los oficiales de la ley
  • La fabricación, venta, transporte y posesión con autorización del Departamento de Justicia
  • Cuando se está por entregar el arma a un oficial del orden público
  • La posesión por parte de un laboratorio forense
  • La posesión y uso en producciones de video, televisión o películas siempre que el armamento esté descargado
  • La posesión de nunchakus en una escuela de artes marciales
  • La posesión de reliquias, municiones, armas de fuegos antiguas y demás curiosidades por parte de personas autorizadas
  • La posesión aprobada por museos, bibliotecas y sociedades históricas

¿Qué defensas se pueden emplear en estos casos?

Lo primero que debe saber es que emplear una defensa no es algo deba hacerse de forma ligera, todo lo contrario, necesita de la revisión de todos los factores posibles para determinar qué estrategia de defensa se aplica mejor al caso específico o que posiblemente obtendrá los resultados más favorables. Entre esos factores a evaluar se encuentran: el contexto de cómo ocurrieron los hechos que dieron lugar a su investigación por este cargo, los criterios judiciales de otros jueces en casos similares al suyo, las pruebas que fueron presentadas en su contra y las que se pueden utilizar a su favor, pero en general, cualquier circunstancia o detalle que pueda favorecerlo en el caso.

Por todos los aspectos que se deben revisar antes de emplear una defensa es por lo que debe llamar a un abogado y asesorarse sobre su caso en específico, pues intentar defenderse usted mismo sin tener conocimientos en leyes puede llevarlo a enfrentar muchos años de cárcel. 

Ahora bien, en cuanto a las defensas aplicables a estos casos, debe señalarse que hay muchas, pero las más empleadas en los Tribunales de Californias son:

  • Sin conocimiento
  • Evidencia insuficiente
  • El acusado está exento de la aplicación de esta ley
  • Trampas policiales
  • El registro e incautación fue ilegal

En las siguientes líneas explicamos de qué se tratan estas defensas.

Sin conocimiento

Como lo mencionamos en el apartado de los elementos del crimen, para que una condena en su contra sea procedente es necesario que la Fiscalía pruebe suficientemente que el acusado conocía que lo que estaba en su posesión se trataba de un arma o era capaz de ser utilizada como tal. Por ende, la falta de conocimiento es un alegato válido que, de ser probado por el abogado defensor, desvirtúa por completo los cargos por este delito y el caso quedará desestimado por el Juez.

Evidencia insuficiente

Alegar que la evidencia es insuficiente no es lo mismo que argumentar la falta de pruebas, sino señalar al Juez que las evidencias presentadas en su contra no son suficientes para demostrar lo que se intenta probar.

Tal como lo señalamos anteriormente, la parte acusadora tiene que probar “más allá de una duda razonable”, eso significa que debe llevar pruebas suficientes, de lo contrario el caso simplemente estaría basado en una simple duda y como consecuencia de ello el Juez rechazará los cargos en su contra.

El acusado está exento de la aplicación de esta ley

Otra defensa es que sea una persona exenta de la aplicación de esta ley o su caso específico lo es, por ejemplo, que esté trasladando las armas a un evento de artes marciales. Bajo casos exentos la persona acusada no tiene ninguna responsabilidad penal por el hecho, simplemente la ley no se aplica a estos. 

Trampas policiales

Si bien las llamadas “operaciones encubiertas” son legales, bajo ciertos casos se pueden tomar como un procedimiento ilegal. Esto sucede cuando el agente de la ley que lo llevó a cabo se excedió en la operación y prácticamente lo indujo o coaccionó a cometer el delito, de modo que, si el oficial no hubiese actuado de tal manera, usted no habría cometido el delito del que se le acusa.

Por ejemplo, varios oficiales encubiertos que se hacen pasar por miembros de un cartel de drogas entran a la tienda de un fabricante portando armas largas y con actitud amenazante. Uno de los oficiales encubiertos le ofrece al fabricante dinero para que le fabrique cinco rifles de cañón corto, sin embargo, el fabricante no accede, pero el hombre sigue insistente y de forma amenazante le dice que son miembros de un cartel y que si se niega a fabricar armas para ellos podría haber consecuencias. En este caso las tácticas empleadas por el oficial fueron excesivas y por ende la operación encubierta es ilegal.

Otro caso es que un agente encubierto le ofrezca cantidades de dinero inimaginables por fabricar un arma prohibida.

En estos casos, aunque la persona haya cometido el delito, no tiene responsabilidad penal sobre el hecho, porque alguien que se supone debería resguardar la ley, lo indujo o coaccionó a cometer el delito.

El registro e incautación fue ilegal

La Cuarta Enmienda de los Estados Unidos requiere que las pesquisas y aprehensiones conducidas por una autoridad del gobierno estén basadas en una “causa probable” o en otras palabras, una sospecha razonable de que se está cometiendo un delito, de modo que, ningún oficial puede detenerlo así como así y revisar sus pertenecías en busca de algo que lo incrimine en algún delito, de hacerlo, el registro sería ilegal y todo lo que derive de este es “fruto del árbol envenenado”, es decir, también ilegal y por tanto debe obligatoriamente excluirse de la investigación.

Esto último significa que si, por ejemplo, el arma supuestamente prohibida se incautó en un proceso de registro sin causa razonable, como este es ilegal, la incautación también lo es, y el Juez tendrá que suprimirla de las evidencias. Prácticamente se hace como si la prueba nunca hubiese existido, lo que dejaría a la contraparte en desventaja.

Esto pasa con cualquier evidencia que se haya derivado del registro o arresto ilegal.

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Enfrentar un cargo por este delito es una situación bastante compleja, por tanto necesitará ponerse en contacto cuanto antes con un abogado con experiencia y especialización en materia de delitos de armas.

Tome en cuenta que buscar ayuda de un abogado calificado para que le represente ante los Tribunales Penales, le dará mayor ventaja sobre su caso, independientemente del escenario legal en el que se encuentre, ya que le sorprendería saber que muchas veces no necesita todas las pruebas a su favor para ganar el caso sino una buena estrategia.

Si está en Los Angeles y necesita asesorarse por un caso de posesión, fabricación o venta de armas prohibidas en California no dude en acudir a The LA Criminal Defense Law Firm para que uno de nuestros abogados evalúe sus opciones legales. Marque al 310-935-1675 para agendar su cita hoy.